/ domingo 29 de marzo de 2020

Ahora sí el presidente tendrá que hacer uso de sus facultades constitucionales

En una ocasión, un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró: “nuestra Constitución es muy bonita, lástima que no se aplica”. Y razón no le falta. Muchos opinan que en nuestro país la aplicación de la ley es letra muerta, solo hay que ver las estadísticas para convencernos de ello y de que todos somos iguales ante la ley. Eso solo está en la Constitución, pero es una utopía.

Aunque el empresario Carlos Salinas Pliego, quien debería ser asesor en materia de salud de Andrés Manuel López Obrador, Donald Trump, Vladimir Putin o del gobierno chino, opina que el Covid-19 no es peligroso, sostiene que debemos andar en las calles como hace algunas semanas, seguramente le cayó como balde de agua fría el decreto que se publicó el viernes en el Diario Oficial de la Federación.

El decreto, que es de vigencia inmediata, además de lo previsto en el Art. 184 de la Ley de Salud, entre otras cosas enumera lo siguiente: “utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos de asistencia social, de los sectores públicos y privados existentes en las regiones afectadas y colindantes”.

Es importante señalar que se podrá comprar sin necesidad de licitación pública lo necesario para afrontar la contingencia. Lo mismo importar y autorizar la compra de bienes y servicios que se requieran “sin necesidad de agotar un trámite administrativo”. Esto es una prueba de que, con defectos y virtudes, los gobiernos federal y estatal caminan por la ruta correcta. La gobernanza, se tiene que entender, es entre el gobierno y la sociedad, las medidas son para proteger la vida de los ciudadanos y la economía nacional, por eso se requiere de aislamiento social, cuarentenas y control de fronteras.

Otra de las medidas importantes que menciona el decreto son las que tienen que ver con evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios para los bienes y servicios. En los medios locales y nacionales, tanto impresos como electrónicos, los ciudadanos se quejan de que los comerciantes, para variar, hacen su agosto como lo han hecho en otras ocasiones: aumentando los precios de los productos con el argumento que hay escasez, compras de pánico y otras genialidades para obtener ganancias.

Por experiencia, sabemos que mientras la Profeco no tenga facultades ejecutorias, los consumidores seguiremos sin un marco legal que nos defienda de los comercios establecidos. Los comerciantes saben también que pagando multas, clausuras temporales y otro tipo de sanciones, no tienen problemas.

En estos tiempos de emergencia nacional, todas y todos, sin excepción, tenemos la obligación de contribuir a que prevalezca la paz social. Sería muy riesgoso que cualquier sector de la sociedad incurriera en prácticas ventajosas para aprovecharse de las crisis de salud que padecemos. Por fortuna, para evitar que se les haga daño a los consumidores, aparte de la Profeco está el Art. 28 constitucional, que en su segundo párrafo establece: “En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes y empresas de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que contribuya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social”.

En una ocasión, un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró: “nuestra Constitución es muy bonita, lástima que no se aplica”. Y razón no le falta. Muchos opinan que en nuestro país la aplicación de la ley es letra muerta, solo hay que ver las estadísticas para convencernos de ello y de que todos somos iguales ante la ley. Eso solo está en la Constitución, pero es una utopía.

Aunque el empresario Carlos Salinas Pliego, quien debería ser asesor en materia de salud de Andrés Manuel López Obrador, Donald Trump, Vladimir Putin o del gobierno chino, opina que el Covid-19 no es peligroso, sostiene que debemos andar en las calles como hace algunas semanas, seguramente le cayó como balde de agua fría el decreto que se publicó el viernes en el Diario Oficial de la Federación.

El decreto, que es de vigencia inmediata, además de lo previsto en el Art. 184 de la Ley de Salud, entre otras cosas enumera lo siguiente: “utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos de asistencia social, de los sectores públicos y privados existentes en las regiones afectadas y colindantes”.

Es importante señalar que se podrá comprar sin necesidad de licitación pública lo necesario para afrontar la contingencia. Lo mismo importar y autorizar la compra de bienes y servicios que se requieran “sin necesidad de agotar un trámite administrativo”. Esto es una prueba de que, con defectos y virtudes, los gobiernos federal y estatal caminan por la ruta correcta. La gobernanza, se tiene que entender, es entre el gobierno y la sociedad, las medidas son para proteger la vida de los ciudadanos y la economía nacional, por eso se requiere de aislamiento social, cuarentenas y control de fronteras.

Otra de las medidas importantes que menciona el decreto son las que tienen que ver con evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios para los bienes y servicios. En los medios locales y nacionales, tanto impresos como electrónicos, los ciudadanos se quejan de que los comerciantes, para variar, hacen su agosto como lo han hecho en otras ocasiones: aumentando los precios de los productos con el argumento que hay escasez, compras de pánico y otras genialidades para obtener ganancias.

Por experiencia, sabemos que mientras la Profeco no tenga facultades ejecutorias, los consumidores seguiremos sin un marco legal que nos defienda de los comercios establecidos. Los comerciantes saben también que pagando multas, clausuras temporales y otro tipo de sanciones, no tienen problemas.

En estos tiempos de emergencia nacional, todas y todos, sin excepción, tenemos la obligación de contribuir a que prevalezca la paz social. Sería muy riesgoso que cualquier sector de la sociedad incurriera en prácticas ventajosas para aprovecharse de las crisis de salud que padecemos. Por fortuna, para evitar que se les haga daño a los consumidores, aparte de la Profeco está el Art. 28 constitucional, que en su segundo párrafo establece: “En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes y empresas de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que contribuya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social”.