/ miércoles 29 de julio de 2020

Comentarios constitucionales

El sistema de justicia penal mexicano puesto a prueba en caso Lozoya


El sistema de justicia penal mexicano está siendo puesto a prueba en el caso Lozoya: o realmente se esclarecerán los hechos y se sancionará a quienes cometieron delitos, o únicamente se le dará uso político para acabar con la oposición y, por ende, servirá como instrumento para mantener el poder.

En todo sistema de justicia penal, hay acuerdo, en que se compone de tres elementos: a) la estructura, que es en donde ubicamos a los órganos depositarios del poder del Estado, como son la Fiscalía General de la República o los juzgados y tribunales que forman parte del Poder Judicial de la Federación; b) las normas jurídicas, como son los códigos penales y el Código Nacional de Procedimientos Penales, y c) la cultura legal, que se refiere a los valores, las actitudes y expectativas de las personas hacia el sistema.

En efecto, no se trata de darle seguimiento solamente a lo que acontezca en el proceso, pues éste es una parte de un campo más grande, como es el sistema de justicia, por lo que, para cumplirse con las finalidades que antes se mencionaron, deberá funcionar adecuadamente, pues, de lo contrario, se continuará con la impunidad, con el desprestigio de nuestro sistema de justicia y con la falta de credibilidad en nuestras instituciones y en sus titulares.

La sociedad mexicana está frente a una gran oportunidad de conocer parte de las entrañas de la corrupción, por lo que las autoridades deben ser sumamente cuidadosas en cada una de sus actuaciones para evitar que se viole el debido proceso.

Por tal motivo, no concibo, desde el punto de vista jurídico que, al llegar Emilio Lozoya a México haya sido llevado a un hospital privado en lugar de dar estricto cumplimiento a lo que estipula el artículo 145 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el sentido de que, al ejecutarse una orden judicial de aprehensión, se deberá poner al detenido de inmediato a disposición del juez de control que hubiere expedido la orden. Tampoco estoy de acuerdo con las filtraciones realizadas.

En ese mismo tenor, no concibo que la cobertura de las audiencias se haga mediante relatoría de las mismas vía Whatsapp, según se motivó en el acuerdo correspondiente por la emergencia sanitaria, en virtud de que el Consejo de la Judicatura Federal determinó que las audiencias que se efectúen, sean a puerta cerrada y únicamente con la presencia de las partes, lo cual, como ya lo expliqué en otra colaboración, es violatorio del principio de máxima publicidad y, en la materia procesal penal, del principio de publicidad de las audiencias. En cuanto al fondo del asunto, considero que lo más prudente, es no apresurarse ni hacer especulaciones sobre cómo se resolverá, sino que hay que comenzar por analizar lo acontecido en la primera audiencia.

Por lo pronto, se tiene noticia que se solicitó la vinculación a proceso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; sin embargo, también se hizo del conocimiento público que Emilio Lozoya declaró no ser responsable de los delitos que se le imputan y manifestó que fue sistemáticamente intimidado y que denunciará a sus autores, lo cual viene a complicar el caso.

Lo cierto es que, con lo acontecido en la primera audiencia, se confirma lo anunciado en el título de esta colaboración en el sentido de que el caso Lozoya pone a prueba la eficacia del sistema de justicia penal mexicano, pero, también, no hay que olvidar, que va en juego el prestigio del actual Gobierno Federal, lo cual será un factor de gran peso en el resultado de las próximas elecciones federales.

El sistema de justicia penal mexicano puesto a prueba en caso Lozoya


El sistema de justicia penal mexicano está siendo puesto a prueba en el caso Lozoya: o realmente se esclarecerán los hechos y se sancionará a quienes cometieron delitos, o únicamente se le dará uso político para acabar con la oposición y, por ende, servirá como instrumento para mantener el poder.

En todo sistema de justicia penal, hay acuerdo, en que se compone de tres elementos: a) la estructura, que es en donde ubicamos a los órganos depositarios del poder del Estado, como son la Fiscalía General de la República o los juzgados y tribunales que forman parte del Poder Judicial de la Federación; b) las normas jurídicas, como son los códigos penales y el Código Nacional de Procedimientos Penales, y c) la cultura legal, que se refiere a los valores, las actitudes y expectativas de las personas hacia el sistema.

En efecto, no se trata de darle seguimiento solamente a lo que acontezca en el proceso, pues éste es una parte de un campo más grande, como es el sistema de justicia, por lo que, para cumplirse con las finalidades que antes se mencionaron, deberá funcionar adecuadamente, pues, de lo contrario, se continuará con la impunidad, con el desprestigio de nuestro sistema de justicia y con la falta de credibilidad en nuestras instituciones y en sus titulares.

La sociedad mexicana está frente a una gran oportunidad de conocer parte de las entrañas de la corrupción, por lo que las autoridades deben ser sumamente cuidadosas en cada una de sus actuaciones para evitar que se viole el debido proceso.

Por tal motivo, no concibo, desde el punto de vista jurídico que, al llegar Emilio Lozoya a México haya sido llevado a un hospital privado en lugar de dar estricto cumplimiento a lo que estipula el artículo 145 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el sentido de que, al ejecutarse una orden judicial de aprehensión, se deberá poner al detenido de inmediato a disposición del juez de control que hubiere expedido la orden. Tampoco estoy de acuerdo con las filtraciones realizadas.

En ese mismo tenor, no concibo que la cobertura de las audiencias se haga mediante relatoría de las mismas vía Whatsapp, según se motivó en el acuerdo correspondiente por la emergencia sanitaria, en virtud de que el Consejo de la Judicatura Federal determinó que las audiencias que se efectúen, sean a puerta cerrada y únicamente con la presencia de las partes, lo cual, como ya lo expliqué en otra colaboración, es violatorio del principio de máxima publicidad y, en la materia procesal penal, del principio de publicidad de las audiencias. En cuanto al fondo del asunto, considero que lo más prudente, es no apresurarse ni hacer especulaciones sobre cómo se resolverá, sino que hay que comenzar por analizar lo acontecido en la primera audiencia.

Por lo pronto, se tiene noticia que se solicitó la vinculación a proceso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; sin embargo, también se hizo del conocimiento público que Emilio Lozoya declaró no ser responsable de los delitos que se le imputan y manifestó que fue sistemáticamente intimidado y que denunciará a sus autores, lo cual viene a complicar el caso.

Lo cierto es que, con lo acontecido en la primera audiencia, se confirma lo anunciado en el título de esta colaboración en el sentido de que el caso Lozoya pone a prueba la eficacia del sistema de justicia penal mexicano, pero, también, no hay que olvidar, que va en juego el prestigio del actual Gobierno Federal, lo cual será un factor de gran peso en el resultado de las próximas elecciones federales.

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