/ jueves 28 de marzo de 2019

Constitución y educación

“La educación es un ornamento en la prosperidad y un refugio en la adversidad”.- Aristóteles

A propósito de los acontecimientos recientes, por virtud de los cuales hay un atasco en el procesamiento de la nueva reforma educativa que abrogará a su similar del 26 de febrero de 2013 -que para muchos fue más bien un cambio administrativo, laboral y punitivo que una genuina transformación en el gran tópico de los procesos de enseñanza-aprendizaje-, es propicio pensar y repensar lo que queremos en términos de educación desde la perspectiva de nuestra ley de leyes, nuestra Carta Magna.

El derecho fundamental a una educación de calidad es uno de los derechos sociales por excelencia, cuya consecución requiere de un compromiso compartido entre los distintos intervinientes sociales; sería un grave error dejar todo en manos de los políticos y de los partidos.

Como derecho humano que es, tiene una serie de garantías para ser aplicado en la praxis, pero sin duda alguna varias de ellas necesitan de voluntad política.

Como es bien sabido por la opinión pública, un grupo de maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) ha bloqueado en días anteriores los accesos a la Cámara de Diputados, con la finalidad de impedir la entrada o salida de las instalaciones. Sus acciones tienen como motivo la “simulación” que ha tenido el proceso de discusión y aprobación de la reforma, pues según ellos no se han tomado en cuenta las propuestas magisteriales.

Los radicalismos de la CNTE han servido, a pesar de todo, para estudiar con detenimiento lo que hasta este momento se ha trabajado, no obstante que buena parte de la ciudadanía repudia muchos de esos métodos que repercuten en la formación de los estudiantes actuales.

Por otro lado, se podrá coincidir o no con la totalidad de la estrategia del presidente Andrés Manuel López Obrador y su equipo educativo, pero lo que no se puede dejar de reconocer es el hecho de que desde que todavía tenía la calidad de presidente electo, convocó a una serie de foros estatales en el marco de una consulta nacional por una educación de calidad con equidad; uno de ellos tuvo su sede en esta ciudad capital y, como todos, fue bastante prolongado, dando voz a especialistas en la materia, investigadores y maestros, por lo que el esfuerzo es digno de encomio.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Educación y de Puntos Constitucionales con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, de nueva cuenta nos lleva a reflexionar sobre los puntos específicos que debe contener una Constitución no sólo en un aspecto toral para el desarrollo como es la educación, sino en general para los grandes asuntos nacionales. Una Constitución abierta y de principios, no una Constitución reglamentaria.

¿Es verdaderamente necesario detallar al punto del paroxismo aspectos como la obligación de incluir en los planes de estudio la promoción de valores, el conocimiento de la historia, la geografía, la cultura y las lenguas originarias de nuestro país, así como la activación física, el deporte, las artes, en esencial la música, las diversas manifestaciones culturales, y el respeto al medio ambiente?

Una cuestión constitucional relevante tiene que ver con la naturaleza jurídica del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), organismo que al día de hoy todavía es autónomo, así previsto por nuestro código político. ¿Desaparecerá o será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública (SEP)? Si no se suprime, ¿por qué no dejarlo en el texto constitucional al igual que el Centro especializado en la mejora continua de la educación que se pretende crear en la legislación secundaria? Aunque se le quite el aspecto punitivo, ¿qué pasará con la evaluación educativa?

En fin, son varias las interrogantes que deja el dictamen pero lo cierto es que el examen y el diagnóstico tendrían que ser certeros sin relegar a un segundo término el requerimiento de la premura. Dicha premura no debe equivaler a irresponsabilidad.

Al final del día, los principios generales que trazan el rumbo constitucional en materia educativa deberían generar una auténtica agenda deliberativa para analizar las vicisitudes de este tema tan complejo. Éste es uno de los aspectos positivos que ha traído consigo todo el embrollo del que estamos hablando.

Los principios constitucionales deberían orientar la política pública de educación que nos permita asemejarnos a casos de éxito como Singapur, Finlandia o Corea del Sur. Incluso, aunque con sus recovecos en los últimos años, el chileno es un caso líder y de éxito en la región, al cual deberíamos voltear a ver. El futuro, pero también el presente, es lo que está en juego. Ni más ni menos.

“La educación es un ornamento en la prosperidad y un refugio en la adversidad”.- Aristóteles

A propósito de los acontecimientos recientes, por virtud de los cuales hay un atasco en el procesamiento de la nueva reforma educativa que abrogará a su similar del 26 de febrero de 2013 -que para muchos fue más bien un cambio administrativo, laboral y punitivo que una genuina transformación en el gran tópico de los procesos de enseñanza-aprendizaje-, es propicio pensar y repensar lo que queremos en términos de educación desde la perspectiva de nuestra ley de leyes, nuestra Carta Magna.

El derecho fundamental a una educación de calidad es uno de los derechos sociales por excelencia, cuya consecución requiere de un compromiso compartido entre los distintos intervinientes sociales; sería un grave error dejar todo en manos de los políticos y de los partidos.

Como derecho humano que es, tiene una serie de garantías para ser aplicado en la praxis, pero sin duda alguna varias de ellas necesitan de voluntad política.

Como es bien sabido por la opinión pública, un grupo de maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) ha bloqueado en días anteriores los accesos a la Cámara de Diputados, con la finalidad de impedir la entrada o salida de las instalaciones. Sus acciones tienen como motivo la “simulación” que ha tenido el proceso de discusión y aprobación de la reforma, pues según ellos no se han tomado en cuenta las propuestas magisteriales.

Los radicalismos de la CNTE han servido, a pesar de todo, para estudiar con detenimiento lo que hasta este momento se ha trabajado, no obstante que buena parte de la ciudadanía repudia muchos de esos métodos que repercuten en la formación de los estudiantes actuales.

Por otro lado, se podrá coincidir o no con la totalidad de la estrategia del presidente Andrés Manuel López Obrador y su equipo educativo, pero lo que no se puede dejar de reconocer es el hecho de que desde que todavía tenía la calidad de presidente electo, convocó a una serie de foros estatales en el marco de una consulta nacional por una educación de calidad con equidad; uno de ellos tuvo su sede en esta ciudad capital y, como todos, fue bastante prolongado, dando voz a especialistas en la materia, investigadores y maestros, por lo que el esfuerzo es digno de encomio.

El dictamen de las Comisiones Unidas de Educación y de Puntos Constitucionales con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, de nueva cuenta nos lleva a reflexionar sobre los puntos específicos que debe contener una Constitución no sólo en un aspecto toral para el desarrollo como es la educación, sino en general para los grandes asuntos nacionales. Una Constitución abierta y de principios, no una Constitución reglamentaria.

¿Es verdaderamente necesario detallar al punto del paroxismo aspectos como la obligación de incluir en los planes de estudio la promoción de valores, el conocimiento de la historia, la geografía, la cultura y las lenguas originarias de nuestro país, así como la activación física, el deporte, las artes, en esencial la música, las diversas manifestaciones culturales, y el respeto al medio ambiente?

Una cuestión constitucional relevante tiene que ver con la naturaleza jurídica del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), organismo que al día de hoy todavía es autónomo, así previsto por nuestro código político. ¿Desaparecerá o será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública (SEP)? Si no se suprime, ¿por qué no dejarlo en el texto constitucional al igual que el Centro especializado en la mejora continua de la educación que se pretende crear en la legislación secundaria? Aunque se le quite el aspecto punitivo, ¿qué pasará con la evaluación educativa?

En fin, son varias las interrogantes que deja el dictamen pero lo cierto es que el examen y el diagnóstico tendrían que ser certeros sin relegar a un segundo término el requerimiento de la premura. Dicha premura no debe equivaler a irresponsabilidad.

Al final del día, los principios generales que trazan el rumbo constitucional en materia educativa deberían generar una auténtica agenda deliberativa para analizar las vicisitudes de este tema tan complejo. Éste es uno de los aspectos positivos que ha traído consigo todo el embrollo del que estamos hablando.

Los principios constitucionales deberían orientar la política pública de educación que nos permita asemejarnos a casos de éxito como Singapur, Finlandia o Corea del Sur. Incluso, aunque con sus recovecos en los últimos años, el chileno es un caso líder y de éxito en la región, al cual deberíamos voltear a ver. El futuro, pero también el presente, es lo que está en juego. Ni más ni menos.