/ martes 1 de junio de 2021

La revocación

Sin duda que la revocación de mandato, como instrumento democrático de los ciudadanos para quitar del cargo a gobernantes que incumplan con su tarea, o que realicen actos de corrupción, servirá para inhibir conductas ilegales.

Pero también para que los servidores públicos trabajen para el pueblo y no para los “padrinos” y/o partidos políticos que los postulen. Sin embargo, en Durango aún no permea la cultura de la consulta ciudadana como herramienta para obligar a que se gobierne con transparencia y rendición de cuentas. Y como muestra, ahí están “inactivas” las cuatro formas que contempla la Constitución: El plebiscito, el referéndum, la consulta popular y la iniciativa popular. A la atinada decisión que acaban de consensar los diputados de todos los partidos con la aprobación de la revocación de mandato, se le puede sumar una campaña de socialización de los beneficios que implicaría llevar a la práctica, cualquiera de los medios de consulta ciudadana con el propósito de premiar a quienes demuestren real vocación de servicio, o castigar a los que mal actúen.

El próximo gobernador o gobernadora que lleguen a partir del 2022, ya no recibirán el tradicional “cheque en blanco”, que hasta ahora ha significado ocupar la titularidad del Ejecutivo Estatal, y lo que de alguna manera habrá de incidir en el rumbo que tome Durango, al estar supeditada la toma de decisiones del gobernante en turno, a la instrumentación de cualquiera de las 5 modalidades de consulta.

Hasta ahora los mecanismos de control para vigilar y auditar el comportamiento de quien representa al Poder Ejecutivo en el Estado, como el juicio político y la declaración de procedencia, no han sido capaces para reflejar el cumplimiento diáfano de lo que mandata la Constitución en cuanto a rendición de cuentas se refiere.

La revocación de mandato sólo aplicaría para cesar o avalar la permanencia del gobernador, ya que en el caso de los alcaldes y diputados, existe la reelección que es el instrumento para sancionar o convalidar la actuación de estos servidores públicos electos por el voto ciudadano.

De ahí la importancia que reviste el hecho de que los parlamentarios completen su buena acción de dar el visto bueno a la revocación de mandato.

De acuerdo a lo decretado por los legisladores, será hasta el 2025 cuando pudiera ponerse en práctica la revocación de mandato, con la solicitud avalada cuando menos por las firmas del 10% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, y poder organizar el proceso de la votación por parte del IEyPC. La decisión tendría legalidad con al menos el 40% de los sufragios a favor de la remoción o confirmación del cargo.

Sin duda que la revocación de mandato, como instrumento democrático de los ciudadanos para quitar del cargo a gobernantes que incumplan con su tarea, o que realicen actos de corrupción, servirá para inhibir conductas ilegales.

Pero también para que los servidores públicos trabajen para el pueblo y no para los “padrinos” y/o partidos políticos que los postulen. Sin embargo, en Durango aún no permea la cultura de la consulta ciudadana como herramienta para obligar a que se gobierne con transparencia y rendición de cuentas. Y como muestra, ahí están “inactivas” las cuatro formas que contempla la Constitución: El plebiscito, el referéndum, la consulta popular y la iniciativa popular. A la atinada decisión que acaban de consensar los diputados de todos los partidos con la aprobación de la revocación de mandato, se le puede sumar una campaña de socialización de los beneficios que implicaría llevar a la práctica, cualquiera de los medios de consulta ciudadana con el propósito de premiar a quienes demuestren real vocación de servicio, o castigar a los que mal actúen.

El próximo gobernador o gobernadora que lleguen a partir del 2022, ya no recibirán el tradicional “cheque en blanco”, que hasta ahora ha significado ocupar la titularidad del Ejecutivo Estatal, y lo que de alguna manera habrá de incidir en el rumbo que tome Durango, al estar supeditada la toma de decisiones del gobernante en turno, a la instrumentación de cualquiera de las 5 modalidades de consulta.

Hasta ahora los mecanismos de control para vigilar y auditar el comportamiento de quien representa al Poder Ejecutivo en el Estado, como el juicio político y la declaración de procedencia, no han sido capaces para reflejar el cumplimiento diáfano de lo que mandata la Constitución en cuanto a rendición de cuentas se refiere.

La revocación de mandato sólo aplicaría para cesar o avalar la permanencia del gobernador, ya que en el caso de los alcaldes y diputados, existe la reelección que es el instrumento para sancionar o convalidar la actuación de estos servidores públicos electos por el voto ciudadano.

De ahí la importancia que reviste el hecho de que los parlamentarios completen su buena acción de dar el visto bueno a la revocación de mandato.

De acuerdo a lo decretado por los legisladores, será hasta el 2025 cuando pudiera ponerse en práctica la revocación de mandato, con la solicitud avalada cuando menos por las firmas del 10% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, y poder organizar el proceso de la votación por parte del IEyPC. La decisión tendría legalidad con al menos el 40% de los sufragios a favor de la remoción o confirmación del cargo.