/ jueves 28 de noviembre de 2019

Los apriorismos de la política social

“La libertad sólo reside en los estados en los que el pueblo tiene el poder supremo”.- Cicerón

Es tiempo de presupuestos y es tiempo de pensar, por ende, en las enésimas necesidades que tiene la ciudadanía en términos de lo social, i. e., de aquellos puntos de la agenda pública que no sean sólo socialmente relevantes sino que encaucen adecuadamente sus proyectos de vida ante una situación económica global caracterizada por la incertidumbre y, en muchos de los casos, por la precariedad.

Por eso es que, incluso, en el terreno ideológico hay mucho por hacer y mucho por decir cuando se anteponen unos aspectos a otros entratándose de una especie de jerarquía de necesidades, demandas y puntos de interés en concreto.

¿Qué importa más: La educación, la salud, el trabajo o la alimentación? ¿Es dable hablar de categorías de intereses sociales en cuyo segundo nivel esté la cultura, el deporte, la ciencia, la tecnología, el medio ambiente? ¿Unos asuntos sociales específicos importan más que otros y por esa razón se considerarían prioritarios para un gobierno determinado?

No cabe duda que estas interrogantes pudieran sonar como carentes de sustento si habláramos en realidad de una homogeneidad en cuanto a los valores asignados a los tópicos colectivos.

Pero pecaríamos de ingenuos si pensáramos que un gobierno en turno no persigue su propia agenda de objetivos y la reivindica de acuerdo con su leal saber y entender, lo cual es incluso legítimo porque para eso, entre muchas otras cosas, claro está, se persigue y alcanza el poder político.

Así las cosas, en función de lo anterior, se da la necesidad imperante de que la ciudadanía perfectamente organizada sea un buque de contención cuando peligre un fin socialmente valioso. Es complicado pero para eso, por ejemplo, existen figuras como los presupuestos participativos, a partir de los cuales, como instrumentos de participación ciudadana que son, se pretende que los ciudadanos de a pie intervengan en la asignación de los recursos públicos, desde el momento de la planeación, la consulta y el diálogo con las autoridades hasta el instante de la ejecución y el seguimiento propiamente dicho. La argumentación y la defensa de intereses comunes, por supuesto, van de por medio y necesitan potenciarse.

Este tipo de mecanismos también deben entenderse como insumos de democracia directa deliberativa y vías de gobernanza, es decir, de gobierno horizontal con un involucramiento directo de las y los integrantes de la sociedad civil organizada. Dicho sea de paso, son aún más importantes cuando se habla de cuestiones tan relevantes como las de índole social.

La política social se adminicula con los derechos precisamente de corte social. El jurista Christian Courtis se ha referido a estos derechos fundamentales como la cara jurídica de la política social, lo cual es un aserto absolutamente válido. Y si, por otro lado, los derechos sociales implican un quehacer positivo por parte del Estado, o sea, un involucramiento directo a la hora de su satisfacción, se realza su dimensión como prerrogativas que corresponden a todos los miembros de la colectividad.

Y es por eso que el derecho a la educación de calidad, el derecho a la protección de la salud, el derecho al trabajo o el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, por mencionar únicamente algunos de ellos, cobran una trascendencia especialmente significativa al momento del diseño de las políticas públicas.

Por supuesto que el Estado no puede ni debe dejar de lado la protección más amplia posible de derechos humanos de otra naturaleza, como serían por ejemplo los derechos civiles y políticos; sin embargo, y sin afirmar de ninguna manera que los derechos sociales son más importantes -puesto que recordando el contenido de la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 1993, aprobadas por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio del año referido, todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí (artículo 5o.)-, un proyecto de gobierno intenta privilegiar ciertos puntos de la política social en la que están recogidos, con más o menos intensidad dependiendo de la ubicación en el espectro ideológico de derechas e izquierdas.

Así las cosas, los apriorismos de la política social deben conducir a un entendimiento amplio de lo que implica vivir en sociedad y a una materialización amplia de aquellos mínimos que permitan un progreso colectivo palmario y bien determinado.

Por otro lado, no deben ser obstáculos para el ejercicio de otro tipo de libertades y derechos particulares, pues hacerlo iría ir en contra de la esencia misma del Estado, que hoy en día no es otra sino el bien común.

“La libertad sólo reside en los estados en los que el pueblo tiene el poder supremo”.- Cicerón

Es tiempo de presupuestos y es tiempo de pensar, por ende, en las enésimas necesidades que tiene la ciudadanía en términos de lo social, i. e., de aquellos puntos de la agenda pública que no sean sólo socialmente relevantes sino que encaucen adecuadamente sus proyectos de vida ante una situación económica global caracterizada por la incertidumbre y, en muchos de los casos, por la precariedad.

Por eso es que, incluso, en el terreno ideológico hay mucho por hacer y mucho por decir cuando se anteponen unos aspectos a otros entratándose de una especie de jerarquía de necesidades, demandas y puntos de interés en concreto.

¿Qué importa más: La educación, la salud, el trabajo o la alimentación? ¿Es dable hablar de categorías de intereses sociales en cuyo segundo nivel esté la cultura, el deporte, la ciencia, la tecnología, el medio ambiente? ¿Unos asuntos sociales específicos importan más que otros y por esa razón se considerarían prioritarios para un gobierno determinado?

No cabe duda que estas interrogantes pudieran sonar como carentes de sustento si habláramos en realidad de una homogeneidad en cuanto a los valores asignados a los tópicos colectivos.

Pero pecaríamos de ingenuos si pensáramos que un gobierno en turno no persigue su propia agenda de objetivos y la reivindica de acuerdo con su leal saber y entender, lo cual es incluso legítimo porque para eso, entre muchas otras cosas, claro está, se persigue y alcanza el poder político.

Así las cosas, en función de lo anterior, se da la necesidad imperante de que la ciudadanía perfectamente organizada sea un buque de contención cuando peligre un fin socialmente valioso. Es complicado pero para eso, por ejemplo, existen figuras como los presupuestos participativos, a partir de los cuales, como instrumentos de participación ciudadana que son, se pretende que los ciudadanos de a pie intervengan en la asignación de los recursos públicos, desde el momento de la planeación, la consulta y el diálogo con las autoridades hasta el instante de la ejecución y el seguimiento propiamente dicho. La argumentación y la defensa de intereses comunes, por supuesto, van de por medio y necesitan potenciarse.

Este tipo de mecanismos también deben entenderse como insumos de democracia directa deliberativa y vías de gobernanza, es decir, de gobierno horizontal con un involucramiento directo de las y los integrantes de la sociedad civil organizada. Dicho sea de paso, son aún más importantes cuando se habla de cuestiones tan relevantes como las de índole social.

La política social se adminicula con los derechos precisamente de corte social. El jurista Christian Courtis se ha referido a estos derechos fundamentales como la cara jurídica de la política social, lo cual es un aserto absolutamente válido. Y si, por otro lado, los derechos sociales implican un quehacer positivo por parte del Estado, o sea, un involucramiento directo a la hora de su satisfacción, se realza su dimensión como prerrogativas que corresponden a todos los miembros de la colectividad.

Y es por eso que el derecho a la educación de calidad, el derecho a la protección de la salud, el derecho al trabajo o el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, por mencionar únicamente algunos de ellos, cobran una trascendencia especialmente significativa al momento del diseño de las políticas públicas.

Por supuesto que el Estado no puede ni debe dejar de lado la protección más amplia posible de derechos humanos de otra naturaleza, como serían por ejemplo los derechos civiles y políticos; sin embargo, y sin afirmar de ninguna manera que los derechos sociales son más importantes -puesto que recordando el contenido de la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 1993, aprobadas por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio del año referido, todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí (artículo 5o.)-, un proyecto de gobierno intenta privilegiar ciertos puntos de la política social en la que están recogidos, con más o menos intensidad dependiendo de la ubicación en el espectro ideológico de derechas e izquierdas.

Así las cosas, los apriorismos de la política social deben conducir a un entendimiento amplio de lo que implica vivir en sociedad y a una materialización amplia de aquellos mínimos que permitan un progreso colectivo palmario y bien determinado.

Por otro lado, no deben ser obstáculos para el ejercicio de otro tipo de libertades y derechos particulares, pues hacerlo iría ir en contra de la esencia misma del Estado, que hoy en día no es otra sino el bien común.