/ martes 27 de agosto de 2019

Sí hay mujeres en Durango

Ayuntamientos deberán tener 50% de mujeres en puestos directivos

Las mujeres deben conocer sus derechos para exigir cumplimiento. El próximo primero de septiembre se habrán de instalar 39 ayuntamientos en los que por ley tendrá que haber 50% de funcionarias.

Uno de los problemas más graves de la población en general, pero más de las mujeres es el desconocimiento de la ley y dado que no se conoce, no se exige su cumplimiento.

Desde el año pasado publicamos un catálogo con los principales derechos de las mujeres, incluyendo los derechos políticos; en ese tiempo todavía no había sido aprobada la paridad democrática, en junio de este año se aprobó la reforma constitucional para todas las autoridades acaten el principio de paridad democrática en la integración de los poderes, o sea los 39 presidentes municipales de Durango, así como sus planillas, tendrán que contemplar 50 por ciento mujeres en todos los cargos.

La Constitución de México, fue modificada y estableció la paridad de género. Las mujeres lograron que la Constitución Mexicana incluya que sea obligatoria la paridad de género en los tres poderes de gobierno y en los municipios; esto es un reconocimiento a participar en igualdad de oportunidades en la toma de decisiones en la vida democrática de México.

Para que las reformas se hagan realidad es necesario realizar un cambio cultural en el pensamiento de los hombres que piensan que son superiores a las mujeres (machismo, misoginia). Pero también es necesario incentivar la participación de las mujeres de manera integral, para de esta forma lograr el cumplimiento de las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres principalmente la No violencia.

El catálogo que le mencioné al principio contempla los derechos políticos de las mujeres y a la paridad democrática agregaríamos lo siguiente: El derecho a la participación política de las mujeres:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 34 da la ciudadanía, y el derecho al voto: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:

Haber cumplido 18 años, y tener un modo honesto de vivir. Esto significa que tienes derecho a votar y puedes ser candidata para representar a tu comunidad y a tu estado. Por su parte el Artículo 41 Fracción I, párrafo segundo dice:

“Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales”.

También la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) da este derecho a través del Artículo 7:

1. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular. También es derecho de los ciudadanos y obligación para los partidos políticos la igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular”.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación publicó un Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres. El protocolo define la violencia política contra las mujeres como “…todas aquellas acciones y omisiones, incluida la tolerancia, que, basadas en elementos de género y dadas en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público”

Como verás, existen leyes para defender los derechos políticos de las mujeres e instituciones cuyo objetivo es que se respeten tus derechos políticos; ejemplo de ellas, donde puedes poner quejas sobre violencia política contra las mujeres:

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Instituto Nacional Electoral (INE); Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV); Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA).

Como verás, las mujeres tenemos derechos políticos y hay varias instancias de gobierno que tienen obligación de proteger los derechos de las mujeres.

Ayuntamientos deberán tener 50% de mujeres en puestos directivos

Las mujeres deben conocer sus derechos para exigir cumplimiento. El próximo primero de septiembre se habrán de instalar 39 ayuntamientos en los que por ley tendrá que haber 50% de funcionarias.

Uno de los problemas más graves de la población en general, pero más de las mujeres es el desconocimiento de la ley y dado que no se conoce, no se exige su cumplimiento.

Desde el año pasado publicamos un catálogo con los principales derechos de las mujeres, incluyendo los derechos políticos; en ese tiempo todavía no había sido aprobada la paridad democrática, en junio de este año se aprobó la reforma constitucional para todas las autoridades acaten el principio de paridad democrática en la integración de los poderes, o sea los 39 presidentes municipales de Durango, así como sus planillas, tendrán que contemplar 50 por ciento mujeres en todos los cargos.

La Constitución de México, fue modificada y estableció la paridad de género. Las mujeres lograron que la Constitución Mexicana incluya que sea obligatoria la paridad de género en los tres poderes de gobierno y en los municipios; esto es un reconocimiento a participar en igualdad de oportunidades en la toma de decisiones en la vida democrática de México.

Para que las reformas se hagan realidad es necesario realizar un cambio cultural en el pensamiento de los hombres que piensan que son superiores a las mujeres (machismo, misoginia). Pero también es necesario incentivar la participación de las mujeres de manera integral, para de esta forma lograr el cumplimiento de las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres principalmente la No violencia.

El catálogo que le mencioné al principio contempla los derechos políticos de las mujeres y a la paridad democrática agregaríamos lo siguiente: El derecho a la participación política de las mujeres:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 34 da la ciudadanía, y el derecho al voto: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:

Haber cumplido 18 años, y tener un modo honesto de vivir. Esto significa que tienes derecho a votar y puedes ser candidata para representar a tu comunidad y a tu estado. Por su parte el Artículo 41 Fracción I, párrafo segundo dice:

“Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales”.

También la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) da este derecho a través del Artículo 7:

1. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular. También es derecho de los ciudadanos y obligación para los partidos políticos la igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular”.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación publicó un Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres. El protocolo define la violencia política contra las mujeres como “…todas aquellas acciones y omisiones, incluida la tolerancia, que, basadas en elementos de género y dadas en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público”

Como verás, existen leyes para defender los derechos políticos de las mujeres e instituciones cuyo objetivo es que se respeten tus derechos políticos; ejemplo de ellas, donde puedes poner quejas sobre violencia política contra las mujeres:

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Instituto Nacional Electoral (INE); Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV); Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA).

Como verás, las mujeres tenemos derechos políticos y hay varias instancias de gobierno que tienen obligación de proteger los derechos de las mujeres.

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