/ martes 7 de enero de 2020

Sí Hay Mujeres en Durango

Acusados por casos de hostigamiento sexual aún siguen impunes

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual en la administración pública federal

En Durango a quienes han sido acusados por hostigamiento sexual no se les ha destituido, sólo se les ha cambiado de ubicación

El pasado 3 de enero en el Diario Oficial de la Federación se publicó el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual en la administración pública federal.

Entrará en vigor en 30 días (3 de febrero) y tiene como objetivo garantizar una vida libre de violencia para las mujeres en el servicio público federal, incluyendo desde luego las dependencias (antes delegaciones) en los estados y desde luego con la posibilidad de ser replicado en todo México.

En Durango si es delito el hostigamiento sexual y también el acoso sexual, nuestro código penal hace una diferenciación en cuanto a los dos términos: El hostigamiento se tipifica cuando el hostigador tiene una posición jerárquica superior a la acosada y la amenaza con la pérdida de su trabajo, de reprobarla o cualquier otra cosa que dependa del acosar en relación a la acosada y el acoso sexual que se tipifica en cualquier persona, aunque no sea superior jerárquico, que le provoque una molestia a la víctima.

El Código Penal de Durango contempla el delito de hostigamiento sexual; en su artículo 182 que a la letra dice: “Comete el delito de hostigamiento sexual quien asedie en forma reiterada a una persona con fines sexuales, a pesar de su oposición manifiesta y amenace con causarle un mal relacionado respecto a la actividad que los vincule por la posición jerárquica derivada de una relación laboral, docente, doméstica o de cualquier otra índole, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de setenta y dos a trescientas sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Es muy importante mencionar que el mismo artículo menciona que… “si el sujeto activo fuese servidor público y se aprovechare de esa circunstancia, además de las penas previstas en el párrafo anterior, se destituirá de su cargo”; la importancia radica en que aquí en Durango ha habido denuncias contra funcionarios públicos y empleados de la Universidad y en lugar de destituirlos, solamente los han cambiado de puesto.

El artículo 182 bis del código penal de Durango dice ...“Comete el delito de acoso sexual, quien con fines de lujuria asedie reiteradamente a una persona con la que no exista relación de subordinación, mediante conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la ponga en riesgo o le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad; al responsable se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de treinta y seis a doscientas dieciséis veces la Unidad de Medida y Actualización.

Volviendo al tema que nos ocupa, el protocolo publicado deberá ser observador en la Administración Pública Federal para garantizar una vida libre de violencia para las mujeres en el servicio público.

Este documento está suscrito por las Secretarías de Gobernación, de la Función Pública y el Instituto Nacional de las Mujeres e incluye el establecimiento de las bases del procedimiento que deberá implementarse en todas las dependencias oficiales para atender, prevenir y sancionar cualquier actuación de violencia en contra de las mujeres.

En las dependencias de gobierno, así como en la iniciativa privada, este delito causa mucho sufrimiento a las mujeres que soportan el hostigamiento y acoso sexuales porque necesitan su trabajo y no se ha encontrado, todavía, la forma de que las mujeres sean despedidas cuando denuncian, o sea no se les da protección

Es porque este problema se hace patente cada día más, el que se concluyó en la necesidad establecer una guía de actuación para las servidoras públicas, en el ámbito de sus competencias, que garantizara un clima laboral libre de violencia, desde una perspectiva de género y con base en los instrumentos internacionales y nacionales en materia de derechos humanos.

El protocolo contempla medidas específicas para prevenir conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual, como son campañas de sensibilización en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y mantener en el anonimato el nombre de la víctima, esto para proteger su trabajo.

Habrá cero tolerancia en su aplicación a las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual; respeto, protección y garantía de la dignidad, así como la prohibición de represalias. La cero tolerancia será aunque sea mi amigo, mi compadre o porque está recomendado por… la prohibición de represalias sería la solución para aumentar las denuncias porque hasta ahorita son las mujeres las que pierden su trabajo en vez de los hostigadores y acosadores.

Dentro de otras cosas se consideraran los pasos que cada dependencia cuente con un registro de los casos de hostigamiento sexual y acoso sexual para identificar los patrones e implementar las acciones necesarias.

Acusados por casos de hostigamiento sexual aún siguen impunes

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual en la administración pública federal

En Durango a quienes han sido acusados por hostigamiento sexual no se les ha destituido, sólo se les ha cambiado de ubicación

El pasado 3 de enero en el Diario Oficial de la Federación se publicó el Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual en la administración pública federal.

Entrará en vigor en 30 días (3 de febrero) y tiene como objetivo garantizar una vida libre de violencia para las mujeres en el servicio público federal, incluyendo desde luego las dependencias (antes delegaciones) en los estados y desde luego con la posibilidad de ser replicado en todo México.

En Durango si es delito el hostigamiento sexual y también el acoso sexual, nuestro código penal hace una diferenciación en cuanto a los dos términos: El hostigamiento se tipifica cuando el hostigador tiene una posición jerárquica superior a la acosada y la amenaza con la pérdida de su trabajo, de reprobarla o cualquier otra cosa que dependa del acosar en relación a la acosada y el acoso sexual que se tipifica en cualquier persona, aunque no sea superior jerárquico, que le provoque una molestia a la víctima.

El Código Penal de Durango contempla el delito de hostigamiento sexual; en su artículo 182 que a la letra dice: “Comete el delito de hostigamiento sexual quien asedie en forma reiterada a una persona con fines sexuales, a pesar de su oposición manifiesta y amenace con causarle un mal relacionado respecto a la actividad que los vincule por la posición jerárquica derivada de una relación laboral, docente, doméstica o de cualquier otra índole, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa de setenta y dos a trescientas sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Es muy importante mencionar que el mismo artículo menciona que… “si el sujeto activo fuese servidor público y se aprovechare de esa circunstancia, además de las penas previstas en el párrafo anterior, se destituirá de su cargo”; la importancia radica en que aquí en Durango ha habido denuncias contra funcionarios públicos y empleados de la Universidad y en lugar de destituirlos, solamente los han cambiado de puesto.

El artículo 182 bis del código penal de Durango dice ...“Comete el delito de acoso sexual, quien con fines de lujuria asedie reiteradamente a una persona con la que no exista relación de subordinación, mediante conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la ponga en riesgo o le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad; al responsable se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de treinta y seis a doscientas dieciséis veces la Unidad de Medida y Actualización.

Volviendo al tema que nos ocupa, el protocolo publicado deberá ser observador en la Administración Pública Federal para garantizar una vida libre de violencia para las mujeres en el servicio público.

Este documento está suscrito por las Secretarías de Gobernación, de la Función Pública y el Instituto Nacional de las Mujeres e incluye el establecimiento de las bases del procedimiento que deberá implementarse en todas las dependencias oficiales para atender, prevenir y sancionar cualquier actuación de violencia en contra de las mujeres.

En las dependencias de gobierno, así como en la iniciativa privada, este delito causa mucho sufrimiento a las mujeres que soportan el hostigamiento y acoso sexuales porque necesitan su trabajo y no se ha encontrado, todavía, la forma de que las mujeres sean despedidas cuando denuncian, o sea no se les da protección

Es porque este problema se hace patente cada día más, el que se concluyó en la necesidad establecer una guía de actuación para las servidoras públicas, en el ámbito de sus competencias, que garantizara un clima laboral libre de violencia, desde una perspectiva de género y con base en los instrumentos internacionales y nacionales en materia de derechos humanos.

El protocolo contempla medidas específicas para prevenir conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual, como son campañas de sensibilización en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y mantener en el anonimato el nombre de la víctima, esto para proteger su trabajo.

Habrá cero tolerancia en su aplicación a las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual; respeto, protección y garantía de la dignidad, así como la prohibición de represalias. La cero tolerancia será aunque sea mi amigo, mi compadre o porque está recomendado por… la prohibición de represalias sería la solución para aumentar las denuncias porque hasta ahorita son las mujeres las que pierden su trabajo en vez de los hostigadores y acosadores.

Dentro de otras cosas se consideraran los pasos que cada dependencia cuente con un registro de los casos de hostigamiento sexual y acoso sexual para identificar los patrones e implementar las acciones necesarias.

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