/ miércoles 9 de octubre de 2019

Sociedades de un solo dueño

En el año 2016 el Senado de la República aprobó las sociedades de un solo dueño y justificaron que el propósito de esta reforma a la Ley de Sociedades Mercantiles es acabar con los llamados prestanombres.

El pleno del Senado de la República aprobó unanimidad permitir que en México existan sociedades mercantiles con un solo socio, con el fin de fomentar la creación de empresas y terminar con el fenómeno de los “prestanombres” pues de esta forma una persona puede hacer crecer su negocio sin que deba compartir su propiedad.

El Senado decidió incluir en la Ley General de Sociedades Mercantiles que “una sociedad unipersonal es aquella de responsabilidad limitada o anónima, en cuyo capital participa un socio”.

Esta reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles es realmente revolucionaria. Antiguamente para construir una sociedad mercantil bajo la denominación de anónima se requería cinco socios.

Fue reformado este ordenamiento y el requerimiento en términos de la ley vigente, es de dos socios, por lo que puede constituirse una sociedad anónima o de responsabilidad limitada para construir un ente jurídico, privado, diferente a la persona física que expresa su voluntad. Manda ese capital social, le da vida a un ente diferente a la persona física.

Actualmente, el país tiene como reto la generación de empleos; con esta reforma se busca la motivación para que los empresarios los creen, por lo que puede considerarse que abona en una estrategia de Estado para este fin.

Con estas sociedades unipersonales tendremos la posibilidad de que hoy, quienes en la informalidad puedan entrar a la formalidad mediante este nuevo esquema, ya que esta reforma vendrá a contribuir de una manera importante al esfuerzo por generar nuevas oportunidades de empleo en nuestro país.

La reforma destaca en su exposición de motivos que la sociedad unipersonal puede constituir un importante impulso en el desarrollo y operación de las sociedades mercantiles como detonante del crecimiento económico y el fomento a la competitividad.

Asimismo, la figura jurídica de la sociedad unipersonal ha sido abordada por diferentes sistemas jurídicos de manera diversa, conforme a su particular entorno económico, jurídico, registral y respondiendo a las necesidades, expectativas y realidades de cada Estado que la ha adaptado, entre ellos, Francia, España, Alemania, Italia y Colombia.

En el año 2016 el Senado de la República aprobó las sociedades de un solo dueño y justificaron que el propósito de esta reforma a la Ley de Sociedades Mercantiles es acabar con los llamados prestanombres.

El pleno del Senado de la República aprobó unanimidad permitir que en México existan sociedades mercantiles con un solo socio, con el fin de fomentar la creación de empresas y terminar con el fenómeno de los “prestanombres” pues de esta forma una persona puede hacer crecer su negocio sin que deba compartir su propiedad.

El Senado decidió incluir en la Ley General de Sociedades Mercantiles que “una sociedad unipersonal es aquella de responsabilidad limitada o anónima, en cuyo capital participa un socio”.

Esta reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles es realmente revolucionaria. Antiguamente para construir una sociedad mercantil bajo la denominación de anónima se requería cinco socios.

Fue reformado este ordenamiento y el requerimiento en términos de la ley vigente, es de dos socios, por lo que puede constituirse una sociedad anónima o de responsabilidad limitada para construir un ente jurídico, privado, diferente a la persona física que expresa su voluntad. Manda ese capital social, le da vida a un ente diferente a la persona física.

Actualmente, el país tiene como reto la generación de empleos; con esta reforma se busca la motivación para que los empresarios los creen, por lo que puede considerarse que abona en una estrategia de Estado para este fin.

Con estas sociedades unipersonales tendremos la posibilidad de que hoy, quienes en la informalidad puedan entrar a la formalidad mediante este nuevo esquema, ya que esta reforma vendrá a contribuir de una manera importante al esfuerzo por generar nuevas oportunidades de empleo en nuestro país.

La reforma destaca en su exposición de motivos que la sociedad unipersonal puede constituir un importante impulso en el desarrollo y operación de las sociedades mercantiles como detonante del crecimiento económico y el fomento a la competitividad.

Asimismo, la figura jurídica de la sociedad unipersonal ha sido abordada por diferentes sistemas jurídicos de manera diversa, conforme a su particular entorno económico, jurídico, registral y respondiendo a las necesidades, expectativas y realidades de cada Estado que la ha adaptado, entre ellos, Francia, España, Alemania, Italia y Colombia.