/ domingo 21 de febrero de 2021

Candidatos deberán respetar y apegarse a la Iniciativa 3 de 3

Como requisito indispensable para registro, el aspirante a contender por un puesto de elección popular, tendrá que llenar un formato en el que bajo protesta de decir verdad

Desde el punto de vista de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no obstante el encontrarse inmerso en un proceso judicial bajo la acusación de acoso sexual, Gamaliel Ochoa Serrano sí podrá ser registrado como candidato al ser postulado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Aunque no refirió de manera específica el caso de Ochoa Serrano, la vocal ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Durango, María Elena Cornejo, explicó para los lectores de El Sol de Durango que desde 2020 el INE aprobó la Iniciativa 3 de 3 como parte de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al respecto, explicó que a todas aquellas personas que estuvieran en cualquiera de los tres supuestos, primero que, tuvieran cualquier tipo de violencia, sea doméstica o electoral, no podrían ser candidatas; en el segundo supuesto, todos aquellos deudores de pensión alimenticia, tampoco podrían ser registrados y aquellos con alguna denuncia por violencia sexual.

También añadió que el INE aprobó esta iniciativa en 2020 y también aprobó que hubiera un registro para llevar el control de aquellas personas que están en los citados supuestos; “en la página de internet del INE se puede ubicar el sitio donde está el registro de las personas que han sido sancionadas por violencia de género en cualquiera de estos tres supuestos”.

La funcionaria electoral dijo que desafortunadamente no hay un registro amplio en estos casos; ya que apenas se está iniciando con el propio registro.

Por tanto, como requisito indispensable para registro el aspirante a contender por un puesto de elección popular, tendrá que llenar un formato en el que bajo protesta de decir verdad, menciona que no se encuentra en ninguno de los supuestos ya mencionados y por tanto podrá ser elegible; “sin embargo, si se comprueba que hay una sanción o está en un proceso de revisión de esta naturaleza, simplemente se anula la candidatura”.

Cornejo Esparza explicó que en el caso de un cuadro que pretenda una candidatura y que a la vez se encuentre inmerso en un proceso judicial, el hecho no impide su registro, solamente hasta que el juicio está concluido y desde luego, que se haya declarado culpable.

En tal sentido, aunque la funcionaria no se refirió de forma directa al caso, consecuentemente Gamaliel Ochoa sí podrá contender en la elección de junio próximo, acorde a su estatus legal actual.

Desde el punto de vista de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no obstante el encontrarse inmerso en un proceso judicial bajo la acusación de acoso sexual, Gamaliel Ochoa Serrano sí podrá ser registrado como candidato al ser postulado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Aunque no refirió de manera específica el caso de Ochoa Serrano, la vocal ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Durango, María Elena Cornejo, explicó para los lectores de El Sol de Durango que desde 2020 el INE aprobó la Iniciativa 3 de 3 como parte de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al respecto, explicó que a todas aquellas personas que estuvieran en cualquiera de los tres supuestos, primero que, tuvieran cualquier tipo de violencia, sea doméstica o electoral, no podrían ser candidatas; en el segundo supuesto, todos aquellos deudores de pensión alimenticia, tampoco podrían ser registrados y aquellos con alguna denuncia por violencia sexual.

También añadió que el INE aprobó esta iniciativa en 2020 y también aprobó que hubiera un registro para llevar el control de aquellas personas que están en los citados supuestos; “en la página de internet del INE se puede ubicar el sitio donde está el registro de las personas que han sido sancionadas por violencia de género en cualquiera de estos tres supuestos”.

La funcionaria electoral dijo que desafortunadamente no hay un registro amplio en estos casos; ya que apenas se está iniciando con el propio registro.

Por tanto, como requisito indispensable para registro el aspirante a contender por un puesto de elección popular, tendrá que llenar un formato en el que bajo protesta de decir verdad, menciona que no se encuentra en ninguno de los supuestos ya mencionados y por tanto podrá ser elegible; “sin embargo, si se comprueba que hay una sanción o está en un proceso de revisión de esta naturaleza, simplemente se anula la candidatura”.

Cornejo Esparza explicó que en el caso de un cuadro que pretenda una candidatura y que a la vez se encuentre inmerso en un proceso judicial, el hecho no impide su registro, solamente hasta que el juicio está concluido y desde luego, que se haya declarado culpable.

En tal sentido, aunque la funcionaria no se refirió de forma directa al caso, consecuentemente Gamaliel Ochoa sí podrá contender en la elección de junio próximo, acorde a su estatus legal actual.

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