Ni el Congreso del Estado, ni la Comisión de Responsabilidades, ni el presidente de la misma, el legislador Gerardo Villareal Solís, han emitido ninguna orden verbal ni por escrito para notificarle al presidente municipal, José Ramón Enríquez Herrera, el inicio del procedimiento de juicio político y en consecuencia no hay ninguna violación al amparo provisional, asentó categórico el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del parlamento local, Pablo César Aguilar Palacio.
Ante la versión difundida por el juez cívico municipal, Ernesto Aguilar García, en el sentido de que el presidente de la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado, Gerardo Villarreal Solís violó la suspensión provisional del alcalde capitalino, Aguilar Palacio lanzó un exhorto para efecto de “conducirnos de manera objetiva y con la verdad cuando declaremos ante los medios”.
En esta perspectiva, reforzó, “estos asuntos jurídicos se resuelven en los tribunales, no en los medios de comunicación, sin embargo, cuando damos una declaración debemos ser objetivos y conducirnos con la verdad”.
Recordó Aguilar Palacio que existe una resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en donde se sentencia al presidente municipal José Ramón Enríquez Herrera por violar el artículo 134 constitucional que señala la existencia de promoción personalizada del alcalde en los medios de comunicación con recursos públicos en tiempos electorales, eso es lo que está sancionando.
La Comisión de Responsabilidades del Congreso de Estado ha actuado con apego a derecho en lo que se refiere a los procesos realizados contra el alcalde José Ramón Enríquez Herrera, afirmó el Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
En este sentido, el diputado local reconoció que todos los funcionarios públicos y de elección popular deben conducirse de manera objetiva y con la verdad al abordar temas tan delicados y de naturaleza jurídica.
“El Congreso del Estado se ha mantenido apegado a derecho en su actuar; no existe fondo político pues el proceso se deriva de un mandato proveniente de otro Poder”, dijo.
“Aquí existe una resolución de la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)”, aclaró Aguilar Palacio.