/ jueves 14 de mayo de 2020

Endurecen sanciones por agresiones a personal médico

Los diputados locales modificaron el Código Penal del Estado donde se agregan penas de cárcel y multas por discriminación de profesión u oficio

Por unanimidad y resultado de los acuerdos y consensos, el Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con la finalidad de proteger al personal de salud al sancionar a quienes los agredan por motivos de discriminación por su profesión u oficio, estableciendo como penas hasta 10 años de prisión por lesiones y 50 años por homicidio.

De esta manera, los legisladores elaboraron las adecuaciones jurídicas y necesarias para la protección de los derechos de las personas dedicadas a la labor médica.

En este sentido, en el caso de lesiones calificadas se establece una sanción desde tres meses hasta 10 años de prisión o multa entre los dos mil y los 104 mil pesos, todo depende del tipo de lesión que sufran; en el caso de discriminación será de uno a tres años de prisión o de seis mil a 18 mil 700 pesos de multa.

En lo que se refiere a homicidio calificado va desde los 20 a los 50 años de prisión, en favor de la seguridad y tranquilidad de todo el personal de salud. Además, se impondrá de cinco a 10 años de prisión y multa de 360 a 720 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), al que ponga en peligro o cause daños a bienes de atención médica.

“Este mensaje va para todo el personal de salud, a partir de hoy, este Congreso va a proteger a todos los trabajadores de la salud, desde la persona que vigila la entrada, el intendente, el nutriólogo, la enferma, el químico, hasta el especialista más importante al interior de la Secretaría de Salud o de los hospitales privados o de ISSSTE o del IMSS”, destacó el presidente de la Comisión de Salud Pública, Esteban Villegas Villarreal, al razonar su voto a favor.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Justicia, Antonio Ochoa Rodríguez, comentó que como parte de la iniciativa del PAN, se modificó la descripción del tipo penal del delito de discriminación incluido en el Código Penal local, para que se sume como causa la profesión u oficio al que se dedique la víctima.

Además, se agrega una agravante en el delito de amenazas, misma que se actualiza cuando dicho ilícito tenga como causa un infundado peligro de contagio.

Por su parte, el diputado Rigoberto Quiñonez Samaniego vio con beneplácito que se sancione a quienes agredan al personal de salud, por ello reiteró “hoy más que nunca todo el personal de salud debe tener la protección del estado”.

Lo anterior, en virtud de que su labor particularmente es totalmente humanitaria, por lo que están conscientes que no pueden permitir que existan sectores de la sociedad que los ataquen de forma infundada en estos tiempos, ya que demuestran lo importantes e indispensables que son en la sociedad.

Por unanimidad y resultado de los acuerdos y consensos, el Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Penal del Estado, con la finalidad de proteger al personal de salud al sancionar a quienes los agredan por motivos de discriminación por su profesión u oficio, estableciendo como penas hasta 10 años de prisión por lesiones y 50 años por homicidio.

De esta manera, los legisladores elaboraron las adecuaciones jurídicas y necesarias para la protección de los derechos de las personas dedicadas a la labor médica.

En este sentido, en el caso de lesiones calificadas se establece una sanción desde tres meses hasta 10 años de prisión o multa entre los dos mil y los 104 mil pesos, todo depende del tipo de lesión que sufran; en el caso de discriminación será de uno a tres años de prisión o de seis mil a 18 mil 700 pesos de multa.

En lo que se refiere a homicidio calificado va desde los 20 a los 50 años de prisión, en favor de la seguridad y tranquilidad de todo el personal de salud. Además, se impondrá de cinco a 10 años de prisión y multa de 360 a 720 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), al que ponga en peligro o cause daños a bienes de atención médica.

“Este mensaje va para todo el personal de salud, a partir de hoy, este Congreso va a proteger a todos los trabajadores de la salud, desde la persona que vigila la entrada, el intendente, el nutriólogo, la enferma, el químico, hasta el especialista más importante al interior de la Secretaría de Salud o de los hospitales privados o de ISSSTE o del IMSS”, destacó el presidente de la Comisión de Salud Pública, Esteban Villegas Villarreal, al razonar su voto a favor.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Justicia, Antonio Ochoa Rodríguez, comentó que como parte de la iniciativa del PAN, se modificó la descripción del tipo penal del delito de discriminación incluido en el Código Penal local, para que se sume como causa la profesión u oficio al que se dedique la víctima.

Además, se agrega una agravante en el delito de amenazas, misma que se actualiza cuando dicho ilícito tenga como causa un infundado peligro de contagio.

Por su parte, el diputado Rigoberto Quiñonez Samaniego vio con beneplácito que se sancione a quienes agredan al personal de salud, por ello reiteró “hoy más que nunca todo el personal de salud debe tener la protección del estado”.

Lo anterior, en virtud de que su labor particularmente es totalmente humanitaria, por lo que están conscientes que no pueden permitir que existan sectores de la sociedad que los ataquen de forma infundada en estos tiempos, ya que demuestran lo importantes e indispensables que son en la sociedad.

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