/ viernes 13 de agosto de 2021

Existe el amparo, no hay sentencia firme ante salida de exdirigente de la SUTM: abogado

Comento que se ha dicho que la líder sindical ha dejado de ser trabajadora del Ayuntamiento sin responsabilidad para la parte patronal

La relación laboral entre la dirigente del Sindicato de Trabajadores del municipio de Durango Ayuntamiento capitalino no ha concluido, afirmo el expresidente de la Barra de Abogados Gustavo Gamero Luna, quien destacó que no se ha dictado sentencia y por ello el trabajador tiene el recurso de amparo.

Dijo que de acuerdo a la ley laboral para burócratas, la dirigente sindical puede estar inhabilitada mientras se realiza el proceso, e inclusive los propios estatutos de dicho sindicato a través de una asamblea pueden hacerse la inhabilitación.

Lo anterior, dijo que no significa que la secretaria general haya dejado de serlo, no mientras no se hayan agotado todos los recursos legales como es el caso del juicio de amparo, salvo que la acusada decida ya no litigar.

Comento que se ha dicho que la líder sindical ha dejado de ser trabajadora del Ayuntamiento sin responsabilidad para la parte patronal, sin embargo, eso lo tendrá que dictar el juez y que la sentencia quede firme, por lo pronto el proceso sigue su curso.

Indicó que los juicios en el derecho laboral burocrático son diferentes a la Ley Laboral para el sector privado, hay variaciones como en este caso la inhabilitación del Secretario General de un sindicato cuando concluye su periodo como trabajador.

La relación laboral entre la dirigente del Sindicato de Trabajadores del municipio de Durango Ayuntamiento capitalino no ha concluido, afirmo el expresidente de la Barra de Abogados Gustavo Gamero Luna, quien destacó que no se ha dictado sentencia y por ello el trabajador tiene el recurso de amparo.

Dijo que de acuerdo a la ley laboral para burócratas, la dirigente sindical puede estar inhabilitada mientras se realiza el proceso, e inclusive los propios estatutos de dicho sindicato a través de una asamblea pueden hacerse la inhabilitación.

Lo anterior, dijo que no significa que la secretaria general haya dejado de serlo, no mientras no se hayan agotado todos los recursos legales como es el caso del juicio de amparo, salvo que la acusada decida ya no litigar.

Comento que se ha dicho que la líder sindical ha dejado de ser trabajadora del Ayuntamiento sin responsabilidad para la parte patronal, sin embargo, eso lo tendrá que dictar el juez y que la sentencia quede firme, por lo pronto el proceso sigue su curso.

Indicó que los juicios en el derecho laboral burocrático son diferentes a la Ley Laboral para el sector privado, hay variaciones como en este caso la inhabilitación del Secretario General de un sindicato cuando concluye su periodo como trabajador.

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