Fueron instalados en tiempo y forma los nueve Consejos Municipales Electorales Cabeceras de Distrito a través de Sesiones de Instalación en modalidad virtual o a distancia, esto derivado de la contingencia sanitaria ocasionada por el virus SARS COV2 Coronavirus, para el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Los Consejos Municipales son los órganos encargados de la preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Local, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia y conforme a lo establecido por esta Ley y demás disposiciones relativas.
Algunas de las funciones de los Consejos Municipales desarrollan, son las siguientes:
•Cumplir con los acuerdos que dicte el Consejo General;
•Resolver sobre las peticiones y consultas que sometan los ciudadanos, candidatos y partidos políticos, relativas al desarrollo del proceso electoral y demás asuntos de su competencia;
•Recibir los medios de impugnación que se interpongan en contra de los acuerdos y resoluciones del Consejo Municipal e iniciar el trámite que corresponda de acuerdo con las disposiciones de la ley de la materia;
•Registrar los nombramientos de los representantes de los partidos políticos y de los candidatos independientes que estén acreditados en el propio Consejo;
•Registrar a las y los candidatos correspondientes;
•Recibir del Consejo General las listas nominales de electores;
•Recibir del Consejo General la documentación y materiales electorales aprobadas para los comicios y hacerlas llegar, en los términos de esta Ley, a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casillas;
•Proceder, conforme a lo establecido en la Ley, a la ubicación de las casillas y a la integración de las mesas directivas de las mismas;
•Registrar los nombramientos de los representantes de partido y de los candidatos independientes ante las mesas directivas de casilla y de los representantes generales;
•Publicar las listas de los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla y la ubicación de éstas, conforme a los términos establecidos en esta Ley;
•Sustituir a los integrantes de las mesas directivas de casilla que, por causa de fallecimiento, privación de la libertad y otras análogas, estén impedidos para cumplir con su cometido. En este caso, la sustitución tendrá lugar en cualquier tiempo;
•Cuidar de la debida instalación, integración y funcionamiento de las mesas directivas de casilla
Los Consejos Municipales Cabeceras de Distrito, están conformados de la siguiente manera:
Distritos\Consejo Municipal Cabecera de Distrito \Municipios que comprende
1, 2,3,4 y 5\Victoria de Durango, Durango.\Durango
6\El Salto, Pueblo Nuevo.\Canatlán, Pueblo Nuevo y San Dimas.
7\Santiago Papasquiaro.\Canelas, Otáez, Santiago Papasquiaro, Tamazula, Tepehuanes y Topia
8\Santa María del Oro, El Oro.\Coneto de Comonfort, Guanceví, Indé, Nuevo Ideal, Ocampo, el Oro, Pánuco de Coronado, rodeo, San Bernardo, San Juan del Río.
9\Mapimí.\Hidalgo, Lerdo (28 secciones), Mapimí, Nazas, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo, Tlahualilo.
10, 11 y 12/Gómez Palacio.\Gómez Palacio.
13\Lerdo. \Lerdo (52 secciones)
14\Cuencamé de Ceniceros, Cuencamé.\Cuencamé, Simón Bolivar, Guadalupe Victoria, Peñón Blanco, San Juan de Guadalupe.
15\Nombre de Dios. \Mezquital, Nombre de Dios, Vicente Guerrero, Poanas, Súchil.