/ jueves 12 de septiembre de 2019

Critica la CONCAAM, propuesta para modificar la Ley de Amparo

Lorenzo Natera dice que es incompleta e inexacta

GÓMEZ PALACIO, Dgo. (OEM).-Lorenzo Natera, secretario general de la Confederación de Colegios y Asociaciones de Abogado de México, consideró que la propuesta de reforma o adición a la Ley de Amparo es incompleta e inexacta, en virtud de que se pretende sancionar a los abogados por el Consejo de la Judicatura Federal, lo que no es correcto ya que las funciones y la esencia de creación son contrarias a lo que hoy pretende el legislador Ricardo Monreal Ávila.

En relación a la propuesta del partido morena en la cámara de senadores y propuesta por el señor senador Ricardo Monreal Ávila en la que propone iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un artículo de la ley de amparo a efecto de sancionar incluso con la suspensión temporal de ejercer la profesión o cancelación definitiva de su cédula profesional y prohibición de ejercer la abogacía

Señaló además que en la pretendida reforma, si el consejo considera para presumir la existencia de conductas a sancionar, abrirá un expediente para que las partes justifiquen o refuten sus actuaciones es en ese proceso en que el Colegio de Abogados al que pertenezca el litigante, fungirá como coadyuvante del mismo.

Monreal Ávila propuso como artículo adicional a la Ley de Amparo, que los abogados que participen en el proceso objeto de la presente ley no podrán obtener una ventaja procesal indebida, presentar testigos o documentos falsos, ni entorpecer o distorsionar deliberadamente el proceso jurisdiccional.

So pena de ser sancionados hasta con la suspensión de su ejercicio profesional y hasta la cancelación definitiva de su cédula profesional, previas dos amonestaciones.

Esto es improcedente porque de acuerdo al Artículo 9 constitucional, el existe el derecho de asociación y no todos los abogados del país está asociados a un colegio, por lo que considera que antes de aprobar esta pretendida reforma, en ejercicio de una plena gobernanza se debe consultar a las asociaciones nacionales de abogados.

“No nos oponemos a que se sancione las malas prácticas de los abogados, pero sí que se analice en debida forma , quien sería el ente sancionador y valorar si es el caso una posible reforma al artículo 9 constitucional a la ley de profesiones para ponderar la factibilidad de la colegiación obligatoria”, señaló el representante de la CONCAAM.

GÓMEZ PALACIO, Dgo. (OEM).-Lorenzo Natera, secretario general de la Confederación de Colegios y Asociaciones de Abogado de México, consideró que la propuesta de reforma o adición a la Ley de Amparo es incompleta e inexacta, en virtud de que se pretende sancionar a los abogados por el Consejo de la Judicatura Federal, lo que no es correcto ya que las funciones y la esencia de creación son contrarias a lo que hoy pretende el legislador Ricardo Monreal Ávila.

En relación a la propuesta del partido morena en la cámara de senadores y propuesta por el señor senador Ricardo Monreal Ávila en la que propone iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un artículo de la ley de amparo a efecto de sancionar incluso con la suspensión temporal de ejercer la profesión o cancelación definitiva de su cédula profesional y prohibición de ejercer la abogacía

Señaló además que en la pretendida reforma, si el consejo considera para presumir la existencia de conductas a sancionar, abrirá un expediente para que las partes justifiquen o refuten sus actuaciones es en ese proceso en que el Colegio de Abogados al que pertenezca el litigante, fungirá como coadyuvante del mismo.

Monreal Ávila propuso como artículo adicional a la Ley de Amparo, que los abogados que participen en el proceso objeto de la presente ley no podrán obtener una ventaja procesal indebida, presentar testigos o documentos falsos, ni entorpecer o distorsionar deliberadamente el proceso jurisdiccional.

So pena de ser sancionados hasta con la suspensión de su ejercicio profesional y hasta la cancelación definitiva de su cédula profesional, previas dos amonestaciones.

Esto es improcedente porque de acuerdo al Artículo 9 constitucional, el existe el derecho de asociación y no todos los abogados del país está asociados a un colegio, por lo que considera que antes de aprobar esta pretendida reforma, en ejercicio de una plena gobernanza se debe consultar a las asociaciones nacionales de abogados.

“No nos oponemos a que se sancione las malas prácticas de los abogados, pero sí que se analice en debida forma , quien sería el ente sancionador y valorar si es el caso una posible reforma al artículo 9 constitucional a la ley de profesiones para ponderar la factibilidad de la colegiación obligatoria”, señaló el representante de la CONCAAM.

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