/ viernes 11 de marzo de 2022

Ordena INE retirar propaganda sobre la revocación de mandato

La Comisión llegó a la conclusión que la propaganda denunciada no puede tenerse como genuinamente ciudadana, sino que es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional y diversos ciudadanos en contra del partido Morena, la asociación civil “Que siga la Democracia” y quien resulte responsable, por la colocación de propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades de la República Mexicana, entre las que se encuentra Durango y cuyo contenido, según los quejosos, pretende influir indebidamente al Titular del Ejecutivo Federal durante el proceso de Revocación de Mandato, en contravención a la Constitución y a la ley reglamentaria.

Los integrantes del colegiado, en un análisis preliminar, razonaron que si bien la ciudadanía se encuentra en plena libertad para externar su posición en torno al proceso de revocación de mandato y hacer público su apoyo al Presidente de la República para que continúe en el cargo, ello debe estar libres de injerencias, financiamiento público y de intervenciones partidistas o gubernamentales.

De la investigación realizada por el INE se refleja, en una perspectiva preliminar, que la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, guardan exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación, misma que resulta coincidente con la propaganda difundida por “Que Siga la Democracia A.C.” en su portal de internet, la cual fue desplegada en 15 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán.

Así, de manera preliminar, la Comisión llegó a la conclusión que la propaganda denunciada no puede tenerse como genuinamente ciudadana, sino que es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional ajena al derecho de la ciudadanía para participar en este ejercicio, esto es, una campaña orquestada. Además, advirtió que hasta este momento existe una falta de certeza sobre la autoría y recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda en cuestión.

En consecuencia, la Comisión estimó pertinente ordenar a distintas personas físicas y morales, así como a personas físicas y morales del Registro Nacional de Proveedores de este Instituto, para que informen al INE toda lo relativo a la contratación de esos espacios de publicidad. De tener la documentación que acredite la legalidad de la misma, la publicidad podrá permanecer, en caso contrario, deberá ser retirada. Ordenándose lo siguiente: en primer término a 61 municipios en un plazo máximo de 72 horas, el retiro de la propaganda que no se ubique en propiedad privada.

Como segundo a las personas físicas o morales que señala el Acuerdo, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio, al igual que a las personas físicas o morales del Registro Nacional de Proveedores, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren la propagada, debiendo presentar ante el INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio; en cuatro terminó la asociación civil “Que siga la Democracia” para que, en un plazo máximo de 24 horas, publique en su página de internet https://www.quesigalademocracia.mx, de forma visible, el siguiente texto: “El INE ordenó el retiro de propaganda sobre revocación de mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página se pone a disposición para su uso, con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE.”

La justificación de estas medidas es para preservar el orden constitucional y legal, así como los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y máxima publicidad en el contexto del actual proceso de Revocación de Mandato cuya jornada será en próximo 10 de abril.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y el Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Adriana Favela Herrera.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional y diversos ciudadanos en contra del partido Morena, la asociación civil “Que siga la Democracia” y quien resulte responsable, por la colocación de propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades de la República Mexicana, entre las que se encuentra Durango y cuyo contenido, según los quejosos, pretende influir indebidamente al Titular del Ejecutivo Federal durante el proceso de Revocación de Mandato, en contravención a la Constitución y a la ley reglamentaria.

Los integrantes del colegiado, en un análisis preliminar, razonaron que si bien la ciudadanía se encuentra en plena libertad para externar su posición en torno al proceso de revocación de mandato y hacer público su apoyo al Presidente de la República para que continúe en el cargo, ello debe estar libres de injerencias, financiamiento público y de intervenciones partidistas o gubernamentales.

De la investigación realizada por el INE se refleja, en una perspectiva preliminar, que la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, guardan exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación, misma que resulta coincidente con la propaganda difundida por “Que Siga la Democracia A.C.” en su portal de internet, la cual fue desplegada en 15 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán.

Así, de manera preliminar, la Comisión llegó a la conclusión que la propaganda denunciada no puede tenerse como genuinamente ciudadana, sino que es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional ajena al derecho de la ciudadanía para participar en este ejercicio, esto es, una campaña orquestada. Además, advirtió que hasta este momento existe una falta de certeza sobre la autoría y recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda en cuestión.

En consecuencia, la Comisión estimó pertinente ordenar a distintas personas físicas y morales, así como a personas físicas y morales del Registro Nacional de Proveedores de este Instituto, para que informen al INE toda lo relativo a la contratación de esos espacios de publicidad. De tener la documentación que acredite la legalidad de la misma, la publicidad podrá permanecer, en caso contrario, deberá ser retirada. Ordenándose lo siguiente: en primer término a 61 municipios en un plazo máximo de 72 horas, el retiro de la propaganda que no se ubique en propiedad privada.

Como segundo a las personas físicas o morales que señala el Acuerdo, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio, al igual que a las personas físicas o morales del Registro Nacional de Proveedores, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren la propagada, debiendo presentar ante el INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio; en cuatro terminó la asociación civil “Que siga la Democracia” para que, en un plazo máximo de 24 horas, publique en su página de internet https://www.quesigalademocracia.mx, de forma visible, el siguiente texto: “El INE ordenó el retiro de propaganda sobre revocación de mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página se pone a disposición para su uso, con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE.”

La justificación de estas medidas es para preservar el orden constitucional y legal, así como los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y máxima publicidad en el contexto del actual proceso de Revocación de Mandato cuya jornada será en próximo 10 de abril.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y el Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Adriana Favela Herrera.

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