/ sábado 5 de junio de 2021

¿Sabes qué hace un diputado? Aquí te lo decimos

Este martes 2 de junio concluye la temporada de campañas electorales, cuyo objetivo es renovar el Congreso del Estado. Pero ¿conoces lo que le toca hacer a un diputado local?, aquí te decimos

De acuerdo al Centro de Investigaciones y Estudios Legislativos del Congreso del Estado, una de las principales funciones que desempeña un diputado radica en la realización de leyes que forman parte de la Constitución Política, modificar las que ya existen y eliminar las que ya no son vigentes o que ya no cumplen la función para lo que fueron creadas.

“Los Legisladores en sus funciones básicas son: crear las normas que rigen el actuar de la sociedad como de los órganos de gobierno, también elimina las leyes que son inoperantes”.

Los diputados pueden fiscalizar los gastos de un gobierno tanto estatal, como municipal; es decir, pueden preguntarle en qué se han gastado el dinero que han recaudado.

Los diputados pueden decirle al gobierno estatal cuanto va a recaudar, esto lo hacen a través de la Ley de Ingresos, que año con año se revisa; y en qué se lo van a gastar, lo hacen a través de la revisión y aprobación de la Ley de Egresos.

Mientras que a los gobiernos municipales solo se les dirá cuánto pueden recaudar (Ley de Ingresos) pero tienen la libertad de gastarlo como mejor lo planeen.

El Legislador debe crear leyes que impulsen y generen un mejor modo de vida a través de la Justicia; Seguridad Pública; Desarrollo Urbano y Obras Públicas; Vivienda; Educación Pública; Desarrollo Económico; Turismo y Cinematografía; Administración Pública.

Así como en materia laboral a través del Trabajo, Previsión y Seguridad Social; Agrícolas y Ganadería; Minería; Salud Pública; Tránsito y Transportes; Derechos Humanos; Ecología; Desarrollo Social; Asuntos Indígenas, de Personas con Discapacidad, Enfermos Terminales y Adultos Mayores; de la Familia y Menores de Edad; Igualdad y Género; Ciencia, Tecnología e Innovación.

Fortalecimiento Municipal; Participación Ciudadana; Juventud y Deporte; Atención a Migrantes; Cultura; Asuntos Forestales, Frutícolas y Pesca; Protección Civil; y Administración y Cuidado del Agua.


¿Qué sí pueden hacer los diputados?

Los diputados pueden aprobar a través de la ley de egresos destinar más recursos para diversas temas como el de seguridad pública, deportes, asistencia y desarrollo social, agricultura y ganadería, para salud, educación, turismo y cinematografía, Derechos Humanos, minería, obra pública, desarrollo económico…

Forman analizan, aprueban o rechazan las iniciativas y reformas de leyes como la de Presupuesto y Cuenta Pública; Justicia; Seguridad Pública; Desarrollo Urbano y Obras Públicas; Vivienda; Educación Pública; Desarrollo Económico; Turismo y Cinematografía; Administración Pública.


Vigilan el funcionamiento de la Entidad de Auditoría Superior del Estado; la Administración y Contraloría Interna

Los diputados pueden nombrar al titular de la EASE, a los magistrados del Poder Judicial del Estado, a los consejeros y comisionados de los órganos constitucionales autónomos, y en su caso a los presidentes municipales sustitutos, o incluso al gobernador del estado provisional, interino o substituto en caso de ser necesario. Así como al Consejo Municipal, en el caso de declarar la desaparición de un Ayuntamiento.

Pueden ratificar al Fiscal General del Estado, al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, al secretario responsable del control interno del Ejecutivo del estado, mejor conocido como secretario de la contraloría, y magistrados en los casos procedentes. De igual forma puede hacer designaciones de dos consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y los que correspondan a la organización interna del Congreso.


También puede autorizar renuncias y/o licencias del gobernador del estado y diputados locales

En las caso de las Renuncias, puede hacerlo con los magistrados que pertenezcan al Poder Judicial del Estado, consejeros del Instituto de Evaluación de Políticas Públicas (INEVAP), presidente y consejeros de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), comisionados del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales (IDAIP).

El legislador realiza la toma de protesta de ley, del gobernador, a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Menores Infractores, al titular de la EASE, del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa y a los integrantes de la CEDH.

Los legisladores designan y remueven al titular de la Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública; designan a los auditores generales de la EASE, en los términos de la legislación respectiva; efectúan el proceso de entrega-recepción, de acuerdo a los ordenamientos legales aplicables.

Examinan cada uno de los rubros del informe rendido por el Gobernador cada año y cuestionan el ejercicio que legalmente tiene un funcionario de gobierno estatal y pueden desarrollar un juicio político.

Los legisladores tienen las facultades que no estén expresamente establecidas como atribución del Congreso de la Unión o alguna de sus cámaras.

De acuerdo al Centro de Investigaciones y Estudios Legislativos del Congreso del Estado, una de las principales funciones que desempeña un diputado radica en la realización de leyes que forman parte de la Constitución Política, modificar las que ya existen y eliminar las que ya no son vigentes o que ya no cumplen la función para lo que fueron creadas.

“Los Legisladores en sus funciones básicas son: crear las normas que rigen el actuar de la sociedad como de los órganos de gobierno, también elimina las leyes que son inoperantes”.

Los diputados pueden fiscalizar los gastos de un gobierno tanto estatal, como municipal; es decir, pueden preguntarle en qué se han gastado el dinero que han recaudado.

Los diputados pueden decirle al gobierno estatal cuanto va a recaudar, esto lo hacen a través de la Ley de Ingresos, que año con año se revisa; y en qué se lo van a gastar, lo hacen a través de la revisión y aprobación de la Ley de Egresos.

Mientras que a los gobiernos municipales solo se les dirá cuánto pueden recaudar (Ley de Ingresos) pero tienen la libertad de gastarlo como mejor lo planeen.

El Legislador debe crear leyes que impulsen y generen un mejor modo de vida a través de la Justicia; Seguridad Pública; Desarrollo Urbano y Obras Públicas; Vivienda; Educación Pública; Desarrollo Económico; Turismo y Cinematografía; Administración Pública.

Así como en materia laboral a través del Trabajo, Previsión y Seguridad Social; Agrícolas y Ganadería; Minería; Salud Pública; Tránsito y Transportes; Derechos Humanos; Ecología; Desarrollo Social; Asuntos Indígenas, de Personas con Discapacidad, Enfermos Terminales y Adultos Mayores; de la Familia y Menores de Edad; Igualdad y Género; Ciencia, Tecnología e Innovación.

Fortalecimiento Municipal; Participación Ciudadana; Juventud y Deporte; Atención a Migrantes; Cultura; Asuntos Forestales, Frutícolas y Pesca; Protección Civil; y Administración y Cuidado del Agua.


¿Qué sí pueden hacer los diputados?

Los diputados pueden aprobar a través de la ley de egresos destinar más recursos para diversas temas como el de seguridad pública, deportes, asistencia y desarrollo social, agricultura y ganadería, para salud, educación, turismo y cinematografía, Derechos Humanos, minería, obra pública, desarrollo económico…

Forman analizan, aprueban o rechazan las iniciativas y reformas de leyes como la de Presupuesto y Cuenta Pública; Justicia; Seguridad Pública; Desarrollo Urbano y Obras Públicas; Vivienda; Educación Pública; Desarrollo Económico; Turismo y Cinematografía; Administración Pública.


Vigilan el funcionamiento de la Entidad de Auditoría Superior del Estado; la Administración y Contraloría Interna

Los diputados pueden nombrar al titular de la EASE, a los magistrados del Poder Judicial del Estado, a los consejeros y comisionados de los órganos constitucionales autónomos, y en su caso a los presidentes municipales sustitutos, o incluso al gobernador del estado provisional, interino o substituto en caso de ser necesario. Así como al Consejo Municipal, en el caso de declarar la desaparición de un Ayuntamiento.

Pueden ratificar al Fiscal General del Estado, al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, al secretario responsable del control interno del Ejecutivo del estado, mejor conocido como secretario de la contraloría, y magistrados en los casos procedentes. De igual forma puede hacer designaciones de dos consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y los que correspondan a la organización interna del Congreso.


También puede autorizar renuncias y/o licencias del gobernador del estado y diputados locales

En las caso de las Renuncias, puede hacerlo con los magistrados que pertenezcan al Poder Judicial del Estado, consejeros del Instituto de Evaluación de Políticas Públicas (INEVAP), presidente y consejeros de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), comisionados del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales (IDAIP).

El legislador realiza la toma de protesta de ley, del gobernador, a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Menores Infractores, al titular de la EASE, del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa y a los integrantes de la CEDH.

Los legisladores designan y remueven al titular de la Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública; designan a los auditores generales de la EASE, en los términos de la legislación respectiva; efectúan el proceso de entrega-recepción, de acuerdo a los ordenamientos legales aplicables.

Examinan cada uno de los rubros del informe rendido por el Gobernador cada año y cuestionan el ejercicio que legalmente tiene un funcionario de gobierno estatal y pueden desarrollar un juicio político.

Los legisladores tienen las facultades que no estén expresamente establecidas como atribución del Congreso de la Unión o alguna de sus cámaras.

Doble Vía

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