/ viernes 16 de agosto de 2019

Se aplica en Durango el aborto por violación

No se requiere de un acompañamiento del MP para probar el hecho, basta una declaración jurada de la víctima

En Durango ya se aplica la NOM 046 en relación a la practica del aborto en casos de violación, desde 2016 está en vigencia la resolución de la SCJN y no se requiere de un acompañamiento del MP para probar el hecho, basta una declaración jurada de la víctima. No hay negativa de los médicos a cumplir esta disposición legal, sólo que el límite son 12 semanas de embarazo.

A este respecto se refirió Fernando Ríos, director de Comunicación Social en la Secretaría de Salud, explicando que esta Norma se cumple en Durango, es un mandato judicial que los médicos están obligados a cumplir, sentenció.

Basta la declaración jurada de la solicitante mediante un escrito, donde establezca que fue violada y por ello desea practicarse un aborto. No está obligada a probar el hecho bajo ninguna circunstancia, pues no se solicita ningún acompañamiento del Ministerio Público y tampoco se realiza revisión médica alguna; con su palabra basta según esta Norma 046.

Explicó que en un principio hubo renuencia de algunos médicos por cuestiones de tipo ético, sin embargo fueron informados sobre la resolución que desde 2016 dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación que mandata su cumplimiento en todo el país.

Al aseverar que en Durango ya se cumple con esta disposición desde 2016, el informante destacó que son muy pocos casos, sin embargo se está a la espera de que en el Hospital Materno Infantil se otorgue la cifra oficial de abortos que se han practicado.

No obstante, aclaró el funcionario de la SSD, la interrupción del embarazo se puede hacer hasta las 12 semanas de gestación, más allá de ese periodo no se puede hacer una interrupción debido a que se pone en riesgo la vida de la madre.

En Durango ya se aplica la NOM 046 en relación a la practica del aborto en casos de violación, desde 2016 está en vigencia la resolución de la SCJN y no se requiere de un acompañamiento del MP para probar el hecho, basta una declaración jurada de la víctima. No hay negativa de los médicos a cumplir esta disposición legal, sólo que el límite son 12 semanas de embarazo.

A este respecto se refirió Fernando Ríos, director de Comunicación Social en la Secretaría de Salud, explicando que esta Norma se cumple en Durango, es un mandato judicial que los médicos están obligados a cumplir, sentenció.

Basta la declaración jurada de la solicitante mediante un escrito, donde establezca que fue violada y por ello desea practicarse un aborto. No está obligada a probar el hecho bajo ninguna circunstancia, pues no se solicita ningún acompañamiento del Ministerio Público y tampoco se realiza revisión médica alguna; con su palabra basta según esta Norma 046.

Explicó que en un principio hubo renuencia de algunos médicos por cuestiones de tipo ético, sin embargo fueron informados sobre la resolución que desde 2016 dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación que mandata su cumplimiento en todo el país.

Al aseverar que en Durango ya se cumple con esta disposición desde 2016, el informante destacó que son muy pocos casos, sin embargo se está a la espera de que en el Hospital Materno Infantil se otorgue la cifra oficial de abortos que se han practicado.

No obstante, aclaró el funcionario de la SSD, la interrupción del embarazo se puede hacer hasta las 12 semanas de gestación, más allá de ese periodo no se puede hacer una interrupción debido a que se pone en riesgo la vida de la madre.

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