/ sábado 3 de julio de 2021

Sin régimen de propiedad no se harán modificaciones en espacios públicos: Pérez Arellano

Vecinos de diferentes fraccionamientos en el municipio de Durango desean cerrar algunas calles o espacios para evitar diversas problemáticas

Vecinos de diferentes fraccionamientos en el municipio de Durango desean cerrar algunas calles o espacios para evitar diversas problemáticas que se presentan en el lugar, por lo que se han acercado a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal para conocer que opciones tienen para poder hacerlo.

Alberto Pérez Arellano Soto, director de la dependencia, dijo que es importante que la ciudadanía esté enterada de que todo fraccionamiento que no se encuentre bajo un régimen de propiedad en condominio no se puede impedir el libre tránsito ni privatizar, sin importar que sea municipalizado o se encuentre en la vía pública.

Explicó que el régimen de propiedad en condominio, son inmuebles que por sus características físicas permite a sus titulares tanto el aprovechamiento exclusivo de áreas privativas, como el común de las áreas que no admiten división.

Cada condómino tiene un derecho de propiedad exclusivo sobre la unidad privativa, así como un derecho de copropiedad con los demás condóminos, respecto de las áreas o instalaciones comunes.

La posibilidad de que un fraccionamiento pueda establecerse bajo dicho régimen sería la opción para poder cerrar, limitar el paso, colocar casetas o cadenas, pero adquiriendo la responsabilidad total de los servicios públicos que se brindan al interior.

En la dirección se brinda asesoría a las y los ciudadanos que desconocen lo que marca la normativa respecto a la imposibilidad de cerrar vías públicas o instalar elementos que impiden la entrada o paso vehicular.

Vecinos de diferentes fraccionamientos en el municipio de Durango desean cerrar algunas calles o espacios para evitar diversas problemáticas que se presentan en el lugar, por lo que se han acercado a la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal para conocer que opciones tienen para poder hacerlo.

Alberto Pérez Arellano Soto, director de la dependencia, dijo que es importante que la ciudadanía esté enterada de que todo fraccionamiento que no se encuentre bajo un régimen de propiedad en condominio no se puede impedir el libre tránsito ni privatizar, sin importar que sea municipalizado o se encuentre en la vía pública.

Explicó que el régimen de propiedad en condominio, son inmuebles que por sus características físicas permite a sus titulares tanto el aprovechamiento exclusivo de áreas privativas, como el común de las áreas que no admiten división.

Cada condómino tiene un derecho de propiedad exclusivo sobre la unidad privativa, así como un derecho de copropiedad con los demás condóminos, respecto de las áreas o instalaciones comunes.

La posibilidad de que un fraccionamiento pueda establecerse bajo dicho régimen sería la opción para poder cerrar, limitar el paso, colocar casetas o cadenas, pero adquiriendo la responsabilidad total de los servicios públicos que se brindan al interior.

En la dirección se brinda asesoría a las y los ciudadanos que desconocen lo que marca la normativa respecto a la imposibilidad de cerrar vías públicas o instalar elementos que impiden la entrada o paso vehicular.

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