El gobierno de la República publico las reformas constitucional en materia político-electoral, en donde se mandata que el Senado de la República será el único encargado del procedimiento para la designación del Fiscal General de la República, y el Procurador que se encuentre en funciones continuará en su encargo, hasta en tanto el Senado designe al titular de la Fiscalía.
Las modificaciones dadas a conocer en el Diario Oficial de la Federación, elimina el llamado pase automático del titular de la Procuraduría General de la República (PGR) a fiscal general de la República.
La publicación, hace mención a la reforma que modifica el artículo Décimo Sexto Transitorio del decreto de reforma constitucional en materia político-electoral, de febrero de 2014, que consideraba la designación automática del actual procurador General de la República para ocupar el cargo de fiscal general por un periodo de nueve años.
El decreto firmado por el presidente Enrique Peña Nieto y el Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, señala que la Cámara de Senadores iniciará de forma inmediata el procedimiento previsto en el Apartado A del artículo 102 de la Constitución para la designación del Fiscal General de la República. Si la Cámara de Senadores no estuviere reunida, la Comisión Permanente la convocará inmediatamente a sesión extraordinaria.
Por otra parte, advierte que el Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria, continuará en su encargo hasta en tanto el Senado designe al Fiscal General de la República.
Las reformas constitucionales, se dan luego de que el pasado miércoles el presidente de la Comisión Permanente del Congreso, Ernesto Cordero, realizó la declaratoria de constitucionalidad, luego de recibir los 17 oficios de los congresos de igual número de estados que avalaron la reforma que elimina el pase automático.
Con ello se ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación la reforma que modifica el artículo Décimo Sexto Transitorio del decreto de reforma constitucional en materia político-electoral, de febrero de 2014, que consideraba la designación automática del actual procurador General de la República para ocupar el cargo de fiscal general por un periodo de nueve años.
La reforma elimina también el párrafo segundo del artículo mencionado, y en su lugar, se adicionó un nuevo párrafo segundo y un tercero, que establece que el Senado de la República realizará la designación del fiscal general de la República.