/ jueves 23 de agosto de 2018

Tribunal confirma multa al PRI por llamar secuestradora a Nestora Salgado

El TEPJF impuso una sanción por 443 mil 300 pesos por haber calumniado a la entonces candidata al Senado por la Coalición Juntos Haremos Historia

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) tendrá que pagar una multa de 443 mil 300 pesos por haber calumniado a Nestora Salgado García, , al señalarla en sendos spots como secuestradora.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determino que esta multa se aplica porque se hicieron imputaciones directas que “implican negligencia inexcusable” y hubo “real malicia”, por lo que fue correcta la calificación de la conducta en que incurrió el tricolor con la difusión de los spots denominados Delincuente, en sus dos versiones.

El 12 y el 27 de julio pasado, la Sala Regional Especializada analizó los asuntos SRE-PSC-215/2018 y SRE-PSC-235/2018, respectivamente, presentados por Morena y por Nestora Salgado García y resolvieron que en ambos casos el PRI hizo un uso indebido de la pauta, por lo que determinó sancionar al partido político y sobreseyó la responsabilidad de José Antonio Meade, al argumentar que como candidato no es responsable de pautar spots o promocionales en los tiempos de radio y de televisión.

Dichas sentencias fueron recurridas por el tricolor ante la Sala Superior con dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador presentados el 16 de julio y el 2 de agosto.


El Partido Revolucionario Institucional (PRI) tendrá que pagar una multa de 443 mil 300 pesos por haber calumniado a Nestora Salgado García, , al señalarla en sendos spots como secuestradora.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determino que esta multa se aplica porque se hicieron imputaciones directas que “implican negligencia inexcusable” y hubo “real malicia”, por lo que fue correcta la calificación de la conducta en que incurrió el tricolor con la difusión de los spots denominados Delincuente, en sus dos versiones.

El 12 y el 27 de julio pasado, la Sala Regional Especializada analizó los asuntos SRE-PSC-215/2018 y SRE-PSC-235/2018, respectivamente, presentados por Morena y por Nestora Salgado García y resolvieron que en ambos casos el PRI hizo un uso indebido de la pauta, por lo que determinó sancionar al partido político y sobreseyó la responsabilidad de José Antonio Meade, al argumentar que como candidato no es responsable de pautar spots o promocionales en los tiempos de radio y de televisión.

Dichas sentencias fueron recurridas por el tricolor ante la Sala Superior con dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador presentados el 16 de julio y el 2 de agosto.


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