/ viernes 16 de abril de 2021

Aprueban ley de protección de periodistas en Edomex

Prohíbe medidas que obstruyan el contacto de la prensa con funcionarios

TOLUCA. Diputados locales aprobaron en comisiones la Ley de Protección Integral a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos del Estado de México que considera la actividad periodística de interés público, por lo que debe ser tutelada y protegida por el Estado y los municipios.

La legislación crea un Mecanismo de Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos. También reconoce como derechos específicos el secreto profesional, la cláusula de conciencia, el libre acceso a la información de interés y actos públicos, la capacitación profesional y la reparación integral del daño. Se garantiza que podrán reservar la identidad de sus fuentes.

Tampoco podrán ser requeridos por las autoridades judiciales o administrativas para informar sobre datos o hechos no publicados que sean parte de una investigación periodística, y no serán sujetos de inspección de sus datos personales.

La ley prohíbe medidas restrictivas y obstructivas como la instalación de cercos con vallas para limitar el alcance de los periodistas a los servidores públicos para entrevistarlos. Tampoco se les podrá impedir la entrada, ni la toma de imágenes en edificios e instalaciones públicas, salvo por razones de seguridad. Se incluye el delito contra la libertad de expresión, periodistas y personas defensoras de derechos humanos y agravantes a quienes cometan lesiones u homicidio contra ellos.

La diputada proponente, Azucena Cisneros Cos, de Morena, dijo que la ley es única en el país porque no sólo contempla el mecanismo de protección, sino también la parte preventiva, la cláusula de conciencia, reformas al Código Penal y la intervención de la Fiscalía.

La nueva norma, señaló, será un parteaguas, pues contempla el secreto profesional y considera la actividad periodística de interés público.

Detalla cómo periodistas y activistas podrán solicitar protección. Tras la petición se elaborará un estudio de evaluación de riesgo y se definirán las medidas.

Las medidas preventivas incluyen instructivos, cursos de autoprotección y acompañamiento; mientras las urgentes contemplan evacuación, reubicación temporal, asignar seguridad y protección de muebles e inmuebles.

Las medidas de protección serán garantizar comunicación directa e inmediata con corporaciones policiacas, darles un número telefónico enlazado a centros de atención de emergencias, asesorías para presentar denuncias penales, protocolos de seguridad, asignación de personal de seguridad, entrega de equipo de comunicación y rastreo, instalación de cámaras de vigilancia, puertas, cerraduras u otras medidas en su trabajo o domicilio, prendas de protección balística, arcos detectores de metales y asignación de vehículos blindados, entre otras.




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La legislación crea un Mecanismo de Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos. También reconoce como derechos específicos el secreto profesional, la cláusula de conciencia, el libre acceso a la información de interés y actos públicos, la capacitación profesional y la reparación integral del daño. Se garantiza que podrán reservar la identidad de sus fuentes.

Tampoco podrán ser requeridos por las autoridades judiciales o administrativas para informar sobre datos o hechos no publicados que sean parte de una investigación periodística, y no serán sujetos de inspección de sus datos personales.

La ley prohíbe medidas restrictivas y obstructivas como la instalación de cercos con vallas para limitar el alcance de los periodistas a los servidores públicos para entrevistarlos. Tampoco se les podrá impedir la entrada, ni la toma de imágenes en edificios e instalaciones públicas, salvo por razones de seguridad. Se incluye el delito contra la libertad de expresión, periodistas y personas defensoras de derechos humanos y agravantes a quienes cometan lesiones u homicidio contra ellos.

La diputada proponente, Azucena Cisneros Cos, de Morena, dijo que la ley es única en el país porque no sólo contempla el mecanismo de protección, sino también la parte preventiva, la cláusula de conciencia, reformas al Código Penal y la intervención de la Fiscalía.

La nueva norma, señaló, será un parteaguas, pues contempla el secreto profesional y considera la actividad periodística de interés público.

Detalla cómo periodistas y activistas podrán solicitar protección. Tras la petición se elaborará un estudio de evaluación de riesgo y se definirán las medidas.

Las medidas preventivas incluyen instructivos, cursos de autoprotección y acompañamiento; mientras las urgentes contemplan evacuación, reubicación temporal, asignar seguridad y protección de muebles e inmuebles.

Las medidas de protección serán garantizar comunicación directa e inmediata con corporaciones policiacas, darles un número telefónico enlazado a centros de atención de emergencias, asesorías para presentar denuncias penales, protocolos de seguridad, asignación de personal de seguridad, entrega de equipo de comunicación y rastreo, instalación de cámaras de vigilancia, puertas, cerraduras u otras medidas en su trabajo o domicilio, prendas de protección balística, arcos detectores de metales y asignación de vehículos blindados, entre otras.




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