/ martes 26 de diciembre de 2023

Operará Sedena hangar presidencial en el AICM

Aunque el espacio será utilizado para “actividades militares” que la Sedena disponga, "no tendrá sus derechos de posesión"

El hangar presidencial del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) será operado y administrado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), según un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Este espacio será utilizado para “actividades militaresque la Sedena disponga. De acuerdo con la publicación del DOF, la dependencia solamente operará el hangar, pero no tendrá sus derechos de posesión.

“El destino únicamente confiere a la Secretaría de la Defensa Nacional, el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él”, detalla el decreto publicado.

En caso de necesitar la reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble, la Sedena deberá gestionar la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.

Será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la encargada de vigilar y cuidar lo dispuesto en el decreto, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

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“Si la Sedena, diera al inmueble federal que se le destina, un uso distinto al establecido (...) o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto”, según el decreto.



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El hangar presidencial del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) será operado y administrado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), según un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Este espacio será utilizado para “actividades militaresque la Sedena disponga. De acuerdo con la publicación del DOF, la dependencia solamente operará el hangar, pero no tendrá sus derechos de posesión.

“El destino únicamente confiere a la Secretaría de la Defensa Nacional, el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él”, detalla el decreto publicado.

En caso de necesitar la reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble, la Sedena deberá gestionar la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.

Será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la encargada de vigilar y cuidar lo dispuesto en el decreto, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

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“Si la Sedena, diera al inmueble federal que se le destina, un uso distinto al establecido (...) o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto”, según el decreto.



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