/ martes 20 de noviembre de 2018

Concede juez suspensión definitiva a favor de Enríquez

Es un “gran logro jurídico”, dijo Ernesto Aguilar García, titular del Juzgado Cívico Municipal

Luego de calificar la determinación de la autoridad jurisdiccional como un “gran logro jurídico”, Ernesto Aguilar García, titular del Juzgado Cívico Municipal, reveló que el Juez II de Distrito concedió la suspensión definitiva a favor del alcalde José Ramón Enríquez Herrera en contra de los actos del Congreso del Estado sin cortapisas.

En este contexto, Aguilar García fue específico al recordar a legisladores, información relativa a la pena en que incurren en caso de no respetar la orden del juez federal de suspender los actos que se reclaman de ellos.

Concreto, el juez cívico precisó: “Cito el Artículo 262 de la Ley de Amparo que dice: Se impondrá una pena de tres a nueve años, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:

III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra."

De igual forma, marcó que si los legisladores violan dicha suspensión, “pueden ser separados y consignados ante un juez federal”.

Es de anotar que esta suspensión se dio hasta que se verifique bien la legalidad del actuar del Poder Legislativo en torno al tema, así que no lo podrán hacer comparecer ante el Congreso porque hay violaciones procesales graves.

“Si ellos quieren arriesgarse a violar el segundo expediente pues está en sus manos y ellos sabrán si lo hacen” , advirtió el Juez Cívico, quien añadió: “Sé que los abogados del Congreso, de acuerdo a sus boletines que han emitido, han querido señalar que esto no les impide seguir con los procedimientos, lo cual es falso, por lo que la tercera posible sanción depende del segundo y si éste está suspendido, evidentemente no podrán proceder”.

“No deben hacer comparecer al presidente municipal de Durango, recordando que el 30 de octubre ellos declararon desacato como medida de apremio, pero están impedidos por un Juez federal debido a que se advierten violaciones procesales graves en perjuicio de José Ramón Enríquez Herrera”, agregó.

También dijo que si los diputados locales quieren arriesgarse a violentar la suspensión confinando el tercer expediente, “que lo hagan, pero ojalá y que se impere la cordura jurídica por el bien de Durango”.

La audiencia constitucional está prevista para el 13 de diciembre de este año, aunque podría postergarse hasta el próximo 2019, finalizó informando Aguilar García, quien ha fungido como vocero de la defensa jurídica en este tema del alcalde Enríquez, donde se defiende el principio de la autonomía de los municipios.



Luego de calificar la determinación de la autoridad jurisdiccional como un “gran logro jurídico”, Ernesto Aguilar García, titular del Juzgado Cívico Municipal, reveló que el Juez II de Distrito concedió la suspensión definitiva a favor del alcalde José Ramón Enríquez Herrera en contra de los actos del Congreso del Estado sin cortapisas.

En este contexto, Aguilar García fue específico al recordar a legisladores, información relativa a la pena en que incurren en caso de no respetar la orden del juez federal de suspender los actos que se reclaman de ellos.

Concreto, el juez cívico precisó: “Cito el Artículo 262 de la Ley de Amparo que dice: Se impondrá una pena de tres a nueve años, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:

III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra."

De igual forma, marcó que si los legisladores violan dicha suspensión, “pueden ser separados y consignados ante un juez federal”.

Es de anotar que esta suspensión se dio hasta que se verifique bien la legalidad del actuar del Poder Legislativo en torno al tema, así que no lo podrán hacer comparecer ante el Congreso porque hay violaciones procesales graves.

“Si ellos quieren arriesgarse a violar el segundo expediente pues está en sus manos y ellos sabrán si lo hacen” , advirtió el Juez Cívico, quien añadió: “Sé que los abogados del Congreso, de acuerdo a sus boletines que han emitido, han querido señalar que esto no les impide seguir con los procedimientos, lo cual es falso, por lo que la tercera posible sanción depende del segundo y si éste está suspendido, evidentemente no podrán proceder”.

“No deben hacer comparecer al presidente municipal de Durango, recordando que el 30 de octubre ellos declararon desacato como medida de apremio, pero están impedidos por un Juez federal debido a que se advierten violaciones procesales graves en perjuicio de José Ramón Enríquez Herrera”, agregó.

También dijo que si los diputados locales quieren arriesgarse a violentar la suspensión confinando el tercer expediente, “que lo hagan, pero ojalá y que se impere la cordura jurídica por el bien de Durango”.

La audiencia constitucional está prevista para el 13 de diciembre de este año, aunque podría postergarse hasta el próximo 2019, finalizó informando Aguilar García, quien ha fungido como vocero de la defensa jurídica en este tema del alcalde Enríquez, donde se defiende el principio de la autonomía de los municipios.



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