Necesaria, la sindicalización de los trabajadores de maquiladoras: CTM

El derecho a organizarse en sindicato está consagrado en la Constitución y ésta debe ser respetada: Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez

Por: Jesús Francisco Hernández

  · lunes 11 de febrero de 2019

Ricardo Pacheco Rodríguez, dirigente estatal de la CTM.

En Durango es necesaria la sindicalización de los trabajadores de la industria maquiladora: el derecho a organizarse en sindicato está consagrado en la Constitución y ésta debe ser respetada, advirtió el dirigente estatal de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, ante la indefensión que en este sentido se enfrentan la mayoría de quienes laboran en este sector productivo ante las resistencias que se ha mostrado para avanzar en este sentido.

Te recomendamos:









“Es indispensable la sindicalización y estamos trabajando en ello”, apuntó a El Sol de Durango el líder cetemista, tras reconocer que en efecto en un primer momento hay resistencia por parte de los empresarios maquiladores, situación que -acotó- “la entendemos pero creo que es un momento de que se dé un paso adelante en el proceso de la sindicalización” de este sector.

Pacheco Rodríguez apuntó que ante la falta de un organismo sindical que lo represente y defienda sus derechos a plenitud, la condición laboral de los trabajadores de las maquiladoras es más vulnerable.

Ello, acotó, en términos de prestaciones, salarios, reglas de trabajo, de contratación que no es lo mismo individual que colectivamente.

“En ese sentido tienen una condición de desigualdad y desventaja los trabajadores que cuando están organizados”, agregó el secretario general de la Federación de Estado CTM.

Y, advirtió nuestro entrevistado que “el derecho a organizarse en sindicato es de los derechos más fundamentales de los trabajadores y está consagrado en el Artículo 123 de la Constitución Política de México y que en este sentido las empresas están obligadas a cumplir”.

Lee también:








La libertad sindical está consagrada en la Constitución Política en su Artículo 123 Fracción XVI, misma que dice: “Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc.”.

Además, en la Ley Federal de Trabajo en sus artículos del 356 al 385 se reglamenta este derecho de asociarse, y en su Artículo 357 dice: “Los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa”.