/ viernes 24 de septiembre de 2021

Propone Fernando Rocha ampliar plazo para reclamación de vicios ocultos ante viviendas

El diputado Fernando Rocha Amaro presentó una iniciativa que tiene como fin ampliar el término para ejercer la acción por vicios ocultos por parte del adquiriente de una vivienda

El diputado Fernando Rocha Amaro presentó una iniciativa que tiene como fin ampliar el término para ejercer la acción por vicios ocultos por parte del adquiriente de una vivienda.

Detalló que los vicios ocultos en los inmuebles recién construidos son desperfectos que no se pueden o resulta complejo detectar en un primer momento, o que incluso pueden ser escondidos maliciosamente por el vendedor.

“Aunque el adquiriente no los puede detectar o anticipar al momento de recibir la propiedad, el constructor tiene el deber de prever o anunciar, lo que resulta en la obligación de este último de resarcir el daño causado”.

El legislador panista explicó que los defectos en la construcción de una vivienda suelen ser difíciles de ubicar, pues hay fallas estructurales que solo pueden percibirse después de cierto tiempo.

Sin embargo, agregó, “siempre será obligación del constructor el ofrecer un producto de buena calidad y previendo que cada detalle sea realizado con la calidad requerida”.

Actualmente, quien adquiere un inmueble tiene seis meses para reclamar, y se busca extenderlo 12 meses más, es decir, a un año y medio, para que el comprador pueda obligar al vendedor a responder por el perjuicio en su patrimonio.

De esta manera, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, se propone la reforma del artículo 2030 del Código Civil del Estado.

El diputado Fernando Rocha Amaro presentó una iniciativa que tiene como fin ampliar el término para ejercer la acción por vicios ocultos por parte del adquiriente de una vivienda.

Detalló que los vicios ocultos en los inmuebles recién construidos son desperfectos que no se pueden o resulta complejo detectar en un primer momento, o que incluso pueden ser escondidos maliciosamente por el vendedor.

“Aunque el adquiriente no los puede detectar o anticipar al momento de recibir la propiedad, el constructor tiene el deber de prever o anunciar, lo que resulta en la obligación de este último de resarcir el daño causado”.

El legislador panista explicó que los defectos en la construcción de una vivienda suelen ser difíciles de ubicar, pues hay fallas estructurales que solo pueden percibirse después de cierto tiempo.

Sin embargo, agregó, “siempre será obligación del constructor el ofrecer un producto de buena calidad y previendo que cada detalle sea realizado con la calidad requerida”.

Actualmente, quien adquiere un inmueble tiene seis meses para reclamar, y se busca extenderlo 12 meses más, es decir, a un año y medio, para que el comprador pueda obligar al vendedor a responder por el perjuicio en su patrimonio.

De esta manera, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, se propone la reforma del artículo 2030 del Código Civil del Estado.

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