/ lunes 4 de julio de 2022

Violación, tercer delito en el que incurren los menores: Alejandro Ramón Fuentes

El magistrado presidente del Tribunal para Menores Infractores, puntualizó que este delito entre menores se comete por la falta de educación sexual

El narcomenudeo y la violación es el tercer delito en el que con frecuencia incurren los menores de edad, señaló Alejandro Ramón Fuentes, magistrado presidente del Tribunal para Menores Infractores.

Explicó que el sistema de justicia penal para adolescentes está diseñado para personas mayores de 12 años y menores de 18, así lo estipula el artículo 18 y la Convención de Derechos para las niñas y Niños.

Añadió que el delito cometido por violación se establece en el artículo 177 fracción primera, en el cual se estipula que cualquier persona menor de 14 años de edad no tiene la capacidad para conocer el hecho, por tanto incurre en violación al llevar a acabo actos de índole sexual.

El robo en todas sus modalidades es el primer delito que se registra en menores de edad, seguido de lesiones y en el tercer sitio está narcomenudeo y violación.

El magistrado fue claro en señalar que la violación entre menores se comete por la falta de educación sexual además que no existe una preparación para los adolescentes en dicho tema.


Ramón Fuentes especificó que cuando llega al Tribunal carpetas por violación cometida por adolescentes el Juez valora si el menor enfrentará el proceso en libertad o detención.

Para finalizar el entrevistado no dio cifras de la frecuencia en que los adolescentes incurren en dicho delito, sólo precisó que no es frecuente.

El narcomenudeo y la violación es el tercer delito en el que con frecuencia incurren los menores de edad, señaló Alejandro Ramón Fuentes, magistrado presidente del Tribunal para Menores Infractores.

Explicó que el sistema de justicia penal para adolescentes está diseñado para personas mayores de 12 años y menores de 18, así lo estipula el artículo 18 y la Convención de Derechos para las niñas y Niños.

Añadió que el delito cometido por violación se establece en el artículo 177 fracción primera, en el cual se estipula que cualquier persona menor de 14 años de edad no tiene la capacidad para conocer el hecho, por tanto incurre en violación al llevar a acabo actos de índole sexual.

El robo en todas sus modalidades es el primer delito que se registra en menores de edad, seguido de lesiones y en el tercer sitio está narcomenudeo y violación.

El magistrado fue claro en señalar que la violación entre menores se comete por la falta de educación sexual además que no existe una preparación para los adolescentes en dicho tema.


Ramón Fuentes especificó que cuando llega al Tribunal carpetas por violación cometida por adolescentes el Juez valora si el menor enfrentará el proceso en libertad o detención.

Para finalizar el entrevistado no dio cifras de la frecuencia en que los adolescentes incurren en dicho delito, sólo precisó que no es frecuente.

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