/ viernes 5 de abril de 2024

Niegan registro a candidatura a Otniel García Navarro por denuncia judicial

Incluso se tiene una orden de aprehensión girada por el juez noveno de control y enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado de Durango

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), negó el registro al morenista, Otniel García Navarro, esto debido a la suspensión de sus derechos político electorales, derivado de un proceso judicial que hay en su contra por enriquecimiento ilícito, hecho por el que incluso se tiene una orden de aprehensión girada por el juez noveno de control y enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado de Durango.

Fue durante la sesión especial celebrada por el Consejo General del IEPC, donde se llevó a cabo la aprobación de los registros de las candidaturas para diputados locales, cuando se discutió el tema, pues la primera fórmula por el distrito de representación proporcional encabezada por García Navarro, fue rechazada ante estos señalamientos.

La consejera Cristina Campos, informó sobre la solicitud al Instituto Nacional Electoral (INE), del estatus de los derechos político electorales del exdiputado duranguense, cuya respuesta está acompañada de la demanda interpuesta en su contra, misma que fue agregada a los considerandos del proyecto.

Imagen ilustrativa / Niegan registro a candidatura a Otniel García Navarro por denuncia judicial / Foto: Archivo | OEM

En su intervención, el consejero David Arámbula, reafirmó que la decisión del Consejo General está sustentada en la ley ya que uno de los requisitos para ser candidata o candidato a un cargo de elección popular es estar en pleno goce de los derechos políticos y civiles. No obstante consideró desafortunado el contenido del oficio judicial, bajo el argumento de la existencia de un caudal de criterios y precedentes que buscan maximizar los derechos político electorales, en lugar de restringirlos, salvo por las causas que se encuentran establecidas en la Constitución.

Y es que a pesar de la existencia de una orden de aprehensión y la persona sea considerada prófuga de la justicia, es posible suspender los derechos político electorales aunque bajo la aplicación de la presunción de inocencia.


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Pese a ello reconoció que la autoridad administrativa, tiene como obligación dar cumplimiento a lo determinado por el órgano jurisdiccional, de ahí que se deberá acatar lo establecido por el Poder Judicial del Estado y con ello aplicar la norma, “por lo que al no cumplirse con el requisito de elegibilidad lo procedente es retirar la candidatura correspondiente”, señaló David Arámbula durante su intervención.

Al tomar la palabra, el representante ante el IEPC de Morena, Yander Ramírez, se refirió al caso como un asunto con tintes políticos que busca perjudicar a un ciudadano duranguense e intenta manchar el nombre del partido.

Asimismo aseguró que Otniel García Navarro, no se encuentra en ninguno de los supuestos necesarios para la suspensión de sus derechos político electorales, pues no cuenta con una sentencia firme y tampoco está prófugo, por lo que los cargos que se le imputan ya fueron aclarados ante la Fiscalía General de la República (FGR), donde se dictó el ejercicio de la acción no penal.

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), negó el registro al morenista, Otniel García Navarro, esto debido a la suspensión de sus derechos político electorales, derivado de un proceso judicial que hay en su contra por enriquecimiento ilícito, hecho por el que incluso se tiene una orden de aprehensión girada por el juez noveno de control y enjuiciamiento del Poder Judicial del Estado de Durango.

Fue durante la sesión especial celebrada por el Consejo General del IEPC, donde se llevó a cabo la aprobación de los registros de las candidaturas para diputados locales, cuando se discutió el tema, pues la primera fórmula por el distrito de representación proporcional encabezada por García Navarro, fue rechazada ante estos señalamientos.

La consejera Cristina Campos, informó sobre la solicitud al Instituto Nacional Electoral (INE), del estatus de los derechos político electorales del exdiputado duranguense, cuya respuesta está acompañada de la demanda interpuesta en su contra, misma que fue agregada a los considerandos del proyecto.

Imagen ilustrativa / Niegan registro a candidatura a Otniel García Navarro por denuncia judicial / Foto: Archivo | OEM

En su intervención, el consejero David Arámbula, reafirmó que la decisión del Consejo General está sustentada en la ley ya que uno de los requisitos para ser candidata o candidato a un cargo de elección popular es estar en pleno goce de los derechos políticos y civiles. No obstante consideró desafortunado el contenido del oficio judicial, bajo el argumento de la existencia de un caudal de criterios y precedentes que buscan maximizar los derechos político electorales, en lugar de restringirlos, salvo por las causas que se encuentran establecidas en la Constitución.

Y es que a pesar de la existencia de una orden de aprehensión y la persona sea considerada prófuga de la justicia, es posible suspender los derechos político electorales aunque bajo la aplicación de la presunción de inocencia.


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Pese a ello reconoció que la autoridad administrativa, tiene como obligación dar cumplimiento a lo determinado por el órgano jurisdiccional, de ahí que se deberá acatar lo establecido por el Poder Judicial del Estado y con ello aplicar la norma, “por lo que al no cumplirse con el requisito de elegibilidad lo procedente es retirar la candidatura correspondiente”, señaló David Arámbula durante su intervención.

Al tomar la palabra, el representante ante el IEPC de Morena, Yander Ramírez, se refirió al caso como un asunto con tintes políticos que busca perjudicar a un ciudadano duranguense e intenta manchar el nombre del partido.

Asimismo aseguró que Otniel García Navarro, no se encuentra en ninguno de los supuestos necesarios para la suspensión de sus derechos político electorales, pues no cuenta con una sentencia firme y tampoco está prófugo, por lo que los cargos que se le imputan ya fueron aclarados ante la Fiscalía General de la República (FGR), donde se dictó el ejercicio de la acción no penal.

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