/ lunes 21 de septiembre de 2020

En cartera

200 años del derecho electoral en México

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera y Carlos Alberto Flores Gutiérrez son los autores del libro “Dos Cientos Años del Derecho Electoral en México”, obra editada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, LX Legislatura y que en el Diplomado de Derecho Electoral, que organizaron la Universidad Autónoma de Durango (UAD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Durango, y la expositora Magdalena Alanís Herrera, con el tema Derecho Electoral Sustantivo, nos encargó a los alumnos realizar un resumen de la obra en comento.

Yadhira Yvette Tamayo Herrera, es licenciada en Derecho, con posgrado en Derecho Penal, Maestría en Derecho y ha cursado cuatro diplomados, ejerce la docencia y es diputada federal por representación proporcional por la V Circunscripción por el Estado de Michoacán por el Partido Acción Nacional (PAN). Colaboró en la revista Red Penalistas “Repensar” y en el semanario “Guía”.

Carlos Alberto Flores Gutiérrez, nació en la Ciudad de México, fue diputado federal por la LVIII Legislatura del 28/08/2000 al 31/08/2003 por el principio de mayoría relativa por el Distrito 16 (Álvaro Obregón) postulado por el Partido Acción Nacional. Fue diputado en la V Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y presidente de la Comisión de Seguridad Pública. Estudió la licenciatura en Derecho.

El libro de su autoría lo dividen en cinco capítulos en un total de 157 páginas. El capítulo I se titula “Conceptos Básicos del Derecho Electoral” donde abarcan: Elementos, El Estado, La Democracia, Régimen de Partidos y Fundamento Legal del Derecho Electoral. El capítulo II se denomina “El Derecho Electoral en el Siglo XIX” donde desarrollan los conceptos: Transición hacia la Independencia y Formación de la Primera Constitución Mexicana, Periodo Santanista, México Liberal y El Porfirismo (Siglo XIX). El Capítulo III se denomina “El Detecto Electoral en el Siglo XX”, y ahí se desarrollan los temas Fase Final del Porfirismo, Etapa Revolucionaria, Periodo del Partido Hegemónico en el Poder (1929-1997).

El Capítulo IV se refiere a “La Reforma Electoral de 1996” con los subtemas Ciudadanización de los Organismos Electorales, Condiciones de Equidad de los Partidos Políticos, Instituto Federal Electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Régimen Jurídico del Distrito Federal. Y en el Capítulo V y último abordan el Derecho Electoral Mexicano Contemporáneo: De 1996 a 2007-08, donde se desarrollan las Bases Electorales de los Estados, Consolidación de la Judiciabilidad de cuestiones electorales. Casos Paradigmáticos, Delitos Electorales, Voto en el Extranjero, El Derecho Electoral Mexicano Contemporáneo (Elección del 2006), Reforma Constitucional Electoral del 2007, Reforma Electoral Legal de 2008, De Cara a las Elecciones 2009 y 2012, Conclusiones y Bibliografía.

El objetivo central de la investigación realizada por los autores es identificar la evolución del derecho electoral y su impacto en el México contemporáneo. El derecho electoral se ha venido construyendo con el concurso de otras disciplinas, pero sus elementos y naturaleza están debidamente delimitadas: Es autónomo, tiene su legislación especializada y cuenta con una literatura jurídica especializada.

Covarrubias Dueñas considera como elementos: La autonomía, los valores protegidos, la constitucionalidad, la legalidad, el derecho electoral sustantivo (es la norma consagratoria de un derecho) y el derecho electoral adjetivo (constituye el mecanismo procedimental que permite hacer valer ese derecho o darle efectividad a esa relación).

El Derecho Electoral Mexicano tiene su fundamento legal en la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, contenidos en sus artículos 8, 9, 14, 19, 33 a 36, 41, 49, 50 al 70, 73, 74, 80 a 89, 94, 116, 122 y 130. La Constitución de Cádiz es considerada como el punto de partida de la historia del Derecho Electoral Mexicano, jurada y promulgada el 19 de marzo de 1812 -hace 218 años- que establecía que el proceso electoral se desarrollaba en tres etapas: Juntas electorales de parroquia (circunscripción de tipo religioso), juntas electorales de partido (territorial, parecido a los actuales distritos electorales) y juntas electorales de provincia (para la elección de diputados los electores de las juntas de partido se reunían en la capital de la provincia).

En 1810 se instruyó la designación de representantes de la Nueva España para acudir a las Cortes: Los diputados a las Cortes de España. La Constitución de 1812 establece la división de poderes, una transformación en las estructuras políticas de España y sus colonias.

El 22 de octubre de 1814 se redacta la Constitución de Apatzingán. Lograda la independencia se promulga la Constitución de 1824, Iturbide es elegido como emperador y al aliarse con Vicente Guerrero, formuló el Plan de Iguala con el propósito de consolidar la independencia del país. Antonio López de Santa Anna se levantó en contra de Iturbide lo que originó que fracasara el experimento político monárquico.

Entre 1877 y 1888 Porfirio Díaz consolidó la dictadura en México. Durante más de 30 años de presidencia de Porfirio Díaz Mori, violó la actuación independiente de los poderes legislativo y judicial. Invadió la soberanía de los estados y limitó las libertades políticas.

En el periodo post-revolucionario de 1917 a 1991 se registraron 22 leyes y decretos que, en su conjunto, vienen integrando la secuencia de la producción jurídica electoral en México en el siglo XX, a fin de superar las prácticas electorales irregulares de la dictadura porfirista, con el inicio de la Ley para la Elección de Poderes Federales, promulgada por el presidente Venustiano Carranza el 21 de julio de 1918, incorporando los principios políticos de No Reelección, Sufragio Efectivo.

La reforma electoral de 1990 es un parteaguas que inicia con los organismos electorales autónomos, la de 1996 otorga más facultades a los organismos electorales, la de 2014 crea un sistema híbrido, de aplicación nacional, ya que anteriormente había un sistema federal para las elecciones de presidente de la República, senadores y diputados federales y 32 locales para las elecciones de gobernador, diputados locales y presidentes municipales, ahora sólo existe un sistema electoral nacional y hay quienes argumentan que es violatorio a la autonomía de las entidades federativas.

Por supuesto que recomendamos la obra en comento. Y el diplomado académicamente un éxito con expositores de prestigio y muy sólidos en los temas que desarrollaron. Gracias por compartirnos sus conocimientos.

200 años del derecho electoral en México

La diputada Yadhira Yvette Tamayo Herrera y Carlos Alberto Flores Gutiérrez son los autores del libro “Dos Cientos Años del Derecho Electoral en México”, obra editada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, LX Legislatura y que en el Diplomado de Derecho Electoral, que organizaron la Universidad Autónoma de Durango (UAD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Durango, y la expositora Magdalena Alanís Herrera, con el tema Derecho Electoral Sustantivo, nos encargó a los alumnos realizar un resumen de la obra en comento.

Yadhira Yvette Tamayo Herrera, es licenciada en Derecho, con posgrado en Derecho Penal, Maestría en Derecho y ha cursado cuatro diplomados, ejerce la docencia y es diputada federal por representación proporcional por la V Circunscripción por el Estado de Michoacán por el Partido Acción Nacional (PAN). Colaboró en la revista Red Penalistas “Repensar” y en el semanario “Guía”.

Carlos Alberto Flores Gutiérrez, nació en la Ciudad de México, fue diputado federal por la LVIII Legislatura del 28/08/2000 al 31/08/2003 por el principio de mayoría relativa por el Distrito 16 (Álvaro Obregón) postulado por el Partido Acción Nacional. Fue diputado en la V Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y presidente de la Comisión de Seguridad Pública. Estudió la licenciatura en Derecho.

El libro de su autoría lo dividen en cinco capítulos en un total de 157 páginas. El capítulo I se titula “Conceptos Básicos del Derecho Electoral” donde abarcan: Elementos, El Estado, La Democracia, Régimen de Partidos y Fundamento Legal del Derecho Electoral. El capítulo II se denomina “El Derecho Electoral en el Siglo XIX” donde desarrollan los conceptos: Transición hacia la Independencia y Formación de la Primera Constitución Mexicana, Periodo Santanista, México Liberal y El Porfirismo (Siglo XIX). El Capítulo III se denomina “El Detecto Electoral en el Siglo XX”, y ahí se desarrollan los temas Fase Final del Porfirismo, Etapa Revolucionaria, Periodo del Partido Hegemónico en el Poder (1929-1997).

El Capítulo IV se refiere a “La Reforma Electoral de 1996” con los subtemas Ciudadanización de los Organismos Electorales, Condiciones de Equidad de los Partidos Políticos, Instituto Federal Electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Régimen Jurídico del Distrito Federal. Y en el Capítulo V y último abordan el Derecho Electoral Mexicano Contemporáneo: De 1996 a 2007-08, donde se desarrollan las Bases Electorales de los Estados, Consolidación de la Judiciabilidad de cuestiones electorales. Casos Paradigmáticos, Delitos Electorales, Voto en el Extranjero, El Derecho Electoral Mexicano Contemporáneo (Elección del 2006), Reforma Constitucional Electoral del 2007, Reforma Electoral Legal de 2008, De Cara a las Elecciones 2009 y 2012, Conclusiones y Bibliografía.

El objetivo central de la investigación realizada por los autores es identificar la evolución del derecho electoral y su impacto en el México contemporáneo. El derecho electoral se ha venido construyendo con el concurso de otras disciplinas, pero sus elementos y naturaleza están debidamente delimitadas: Es autónomo, tiene su legislación especializada y cuenta con una literatura jurídica especializada.

Covarrubias Dueñas considera como elementos: La autonomía, los valores protegidos, la constitucionalidad, la legalidad, el derecho electoral sustantivo (es la norma consagratoria de un derecho) y el derecho electoral adjetivo (constituye el mecanismo procedimental que permite hacer valer ese derecho o darle efectividad a esa relación).

El Derecho Electoral Mexicano tiene su fundamento legal en la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, contenidos en sus artículos 8, 9, 14, 19, 33 a 36, 41, 49, 50 al 70, 73, 74, 80 a 89, 94, 116, 122 y 130. La Constitución de Cádiz es considerada como el punto de partida de la historia del Derecho Electoral Mexicano, jurada y promulgada el 19 de marzo de 1812 -hace 218 años- que establecía que el proceso electoral se desarrollaba en tres etapas: Juntas electorales de parroquia (circunscripción de tipo religioso), juntas electorales de partido (territorial, parecido a los actuales distritos electorales) y juntas electorales de provincia (para la elección de diputados los electores de las juntas de partido se reunían en la capital de la provincia).

En 1810 se instruyó la designación de representantes de la Nueva España para acudir a las Cortes: Los diputados a las Cortes de España. La Constitución de 1812 establece la división de poderes, una transformación en las estructuras políticas de España y sus colonias.

El 22 de octubre de 1814 se redacta la Constitución de Apatzingán. Lograda la independencia se promulga la Constitución de 1824, Iturbide es elegido como emperador y al aliarse con Vicente Guerrero, formuló el Plan de Iguala con el propósito de consolidar la independencia del país. Antonio López de Santa Anna se levantó en contra de Iturbide lo que originó que fracasara el experimento político monárquico.

Entre 1877 y 1888 Porfirio Díaz consolidó la dictadura en México. Durante más de 30 años de presidencia de Porfirio Díaz Mori, violó la actuación independiente de los poderes legislativo y judicial. Invadió la soberanía de los estados y limitó las libertades políticas.

En el periodo post-revolucionario de 1917 a 1991 se registraron 22 leyes y decretos que, en su conjunto, vienen integrando la secuencia de la producción jurídica electoral en México en el siglo XX, a fin de superar las prácticas electorales irregulares de la dictadura porfirista, con el inicio de la Ley para la Elección de Poderes Federales, promulgada por el presidente Venustiano Carranza el 21 de julio de 1918, incorporando los principios políticos de No Reelección, Sufragio Efectivo.

La reforma electoral de 1990 es un parteaguas que inicia con los organismos electorales autónomos, la de 1996 otorga más facultades a los organismos electorales, la de 2014 crea un sistema híbrido, de aplicación nacional, ya que anteriormente había un sistema federal para las elecciones de presidente de la República, senadores y diputados federales y 32 locales para las elecciones de gobernador, diputados locales y presidentes municipales, ahora sólo existe un sistema electoral nacional y hay quienes argumentan que es violatorio a la autonomía de las entidades federativas.

Por supuesto que recomendamos la obra en comento. Y el diplomado académicamente un éxito con expositores de prestigio y muy sólidos en los temas que desarrollaron. Gracias por compartirnos sus conocimientos.

ÚLTIMASCOLUMNAS
viernes 26 de abril de 2024

En Cartera

Las campañas políticas y la violencia

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 22 de marzo de 2024

En Cartera

154 Aniversario de la Fundación de la ByCENED

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 15 de marzo de 2024

En Cartera

CCXVIII (218) Aniversario del natalicio de Benito Pablo Juárez García (1/2)

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 01 de marzo de 2024

En cartera

A las urnas… a votar libremente por su candidato y partido(s)

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 16 de febrero de 2024

En cartera

13 de Febrero: Día Mundial de la Radio

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 09 de febrero de 2024

En cartera

14 de Febrero: Día del Amor y la Amistad

Víctor Samuel Palencia Alonso

viernes 02 de febrero de 2024

En cartera

A 58 Años en las Páginas de El Sol de Durango y 54 en la Literatura (2/2)

Víctor Samuel Palencia Alonso

Cargar Más