Métodos anticonceptivos
El artículo 4º. De nuestra Constitución nos dice que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos; pero para disfrutar de esta prerrogativa es necesario que el propio Estado proporcione los elementos necesarios, como son los métodos anticonceptivos.
El acceso a métodos anticonceptivos es importante para el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos; en el caso de las mujeres y las niñas, la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ) menciona que el acceso a anticonceptivos y los recursos de planificación familiar son una forma de proteger la vida de las mujeres.
Los métodos anticonceptivos temporales o permanentes no pueden ser forzados y la instancia proveedora de salud debe garantizar su acceso sin discriminación, que siempre haya, que sea fácil tenerlos y que sean de buena calidad y que no se diga a nadie quien los usa y quien los usan deben tener información clara sobre ellos.
Anticoncepción forzada, el personal médico no puede presionar a las mujeres para firmar hojas que autorizan que se coloquen dispositivos intrauterinos o de que se practique ligamento de trompas de Falopio u operaciones para no tener hijas o hijos. La esterilización forzada, sea temporal o definitiva, está considerada como delito contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, esto lo contempla el Código Penal de Durango.
La Secretaria de Salud del Estados de Durango (SSA), cuenta con más de 15 métodos anticonceptivos; las duranguenses pueden acceder a ellos de manera gratuita y así prevenir embarazos no deseados.