/ miércoles 13 de noviembre de 2019

JÓVENES VOLVER A PENSAR

La idea de justicia

Justicia: La justicia (del latín iustitĭa, que, a su vez, viene de ius -derecho- y significa en su acepción propia «lo justo»). Muchos griegos, incluyendo los grandes trágicos y algunos filósofos presocráticos, consideraron la justicia en un sentido muy general: algo es justo cuando su existencia no interfiere con el orden al cual pertenece.

En este sentido, la justicia es muy similar al orden o a la medida. El que cada cosa ocupe su lugar en el universo es justo. Cuando no ocurre así, cuando una cosa usurpa el lugar de otra, cuando no se confina a ser lo que es, cuando hay alguna demasía o exceso se produce una injusticia. Puede llamarse “cósmica” a esta concepción de la justicia.

Toda realidad, incluyendo los seres humanos, debe ser regida por la justicia. Pronto se destacaron los aspectos sociales de la justicia. Una versión cruda de la concepción cósmica aplicada a los seres humanos es ésta: dado un orden social aceptado, cualquier alteración del mismo es injusta. Una versión menos cruda es: cuando hay un intercambio de bienes de cualquier especie entre dos o más miembros de una sociedad, se considera que hay justicia sólo cuando no se le desposee a nadie de lo que le es debido, cuando hay equilibrio en el intercambio.

La tendencia entre los sofistas fue estimar que la justicia es “por convención”, esto es, que algo es justo cuando se acuerda que es justo, e injusto cuando se acuerda que es injusto. El que alguien sea feliz o infeliz no tiene, en principio, nada que ver con que sea justo o injusto. En oposición a los sofistas, Platón declaró que la justicia es condición de la felicidad.

Platón dice por boca de Sócrates que el hombre injusto no puede ser feliz. La noción de justicia es uno de los temas capitales, si no es el principal, de la República, de Platón, que se interesó por la justicia como virtud y como fundamento de la constitución del Estado-ciudad. Es posible, y probable, que en una sociedad justa no todos los ciudadanos sean felices.

Pero la felicidad no debe medirse, según Platón, individualmente, o considerando un determinado grupo o clase de la sociedad. Debe medirse teniendo en cuenta la sociedad entera. En una sociedad justa hay justicia para todos. Si la sociedad justa es una sociedad feliz, entonces todos los miembros de la sociedad serán justos y felices.

Mientras en las concepciones griegas clásicas la justicia constituye el elemento fundamental en la organización de la sociedad, en las concepciones cristianas la justicia es desbordada por la caridad y la misericordia. Para San Agustín, por ejemplo, lo esencial es amar. Después de amar se puede hacer “lo que se quiera”, pues no hay peligro de que tal hacer sea injusto. Tanto Hume como, sobre todo, los utilitarios estimaron, bien que, por distintas razones, que lo justo es lo que está en conformidad con el interés de todos los miembros de la sociedad. La justicia es, pues, equiparable a la utilidad pública.

Parece obvio que en muchas de las teorías modernas sobre la justicia se discute sobre todo la cuestión de lo que es justo para el individuo dentro de una sociedad. La gran mayoría de doctrinas y sistemas sociales y políticos llevan aneja una idea de justicia. De hecho, tales doctrinas y sistemas son presentados a menudo como modelos para explicar por qué ha habido determinadas concepciones de la justicia en el pasado y por qué estas concepciones no son “justas”, y qué concepción “equitativa” (o ‘justa’) de la justicia puede proporcionarse para sustituirlas.

Conservadurismo, liberalismo, socialismo, comunismo, anarquismo y otros movimientos y teorías pueden ser descritos desde el punto de vista de sus correspondientes ideas, e ideales, concernientes a la idea de justicia. Puesto que uno de los aspectos que ha asumido la cuestión de la justicia es el que concierne a lo que se supone se ‘debe’ -o ‘es debido’.- a cada cual, el problema de la justicia se ha relacionado con frecuencia con el de la igualdad humana.

Se han presentado varias clasificaciones de tipos de justicia sobre esta base.

Mencionamos la de Chaïm Perelman, según dicho autor, puede haber seis tipos de afirmación: A cada uno lo mismo, a cada uno según sus méritos, a cada uno según sus obras, a cada uno según sus necesidades, a cada uno según su rango y a cada uno según lo atribuido por la ley. Según el mencionado autor, todas estas concepciones, son incompatibles entre sí, pero hay en ellas algo de común si nos decidimos precisamente a practicar sobre ellas una formalización suficiente.

Entonces nos aparece el concepto de justicia como “un principio de acción según el cual los seres de una misma categoría esencial deben ser tratados del mismo modo”. Y… cree usted que en el México actual ¿hay Justicia? “Fiat iustitia et pereat mundus”. // “Hágase la justicia, aunque para eso se destruya el mundo”.

La idea de justicia

Justicia: La justicia (del latín iustitĭa, que, a su vez, viene de ius -derecho- y significa en su acepción propia «lo justo»). Muchos griegos, incluyendo los grandes trágicos y algunos filósofos presocráticos, consideraron la justicia en un sentido muy general: algo es justo cuando su existencia no interfiere con el orden al cual pertenece.

En este sentido, la justicia es muy similar al orden o a la medida. El que cada cosa ocupe su lugar en el universo es justo. Cuando no ocurre así, cuando una cosa usurpa el lugar de otra, cuando no se confina a ser lo que es, cuando hay alguna demasía o exceso se produce una injusticia. Puede llamarse “cósmica” a esta concepción de la justicia.

Toda realidad, incluyendo los seres humanos, debe ser regida por la justicia. Pronto se destacaron los aspectos sociales de la justicia. Una versión cruda de la concepción cósmica aplicada a los seres humanos es ésta: dado un orden social aceptado, cualquier alteración del mismo es injusta. Una versión menos cruda es: cuando hay un intercambio de bienes de cualquier especie entre dos o más miembros de una sociedad, se considera que hay justicia sólo cuando no se le desposee a nadie de lo que le es debido, cuando hay equilibrio en el intercambio.

La tendencia entre los sofistas fue estimar que la justicia es “por convención”, esto es, que algo es justo cuando se acuerda que es justo, e injusto cuando se acuerda que es injusto. El que alguien sea feliz o infeliz no tiene, en principio, nada que ver con que sea justo o injusto. En oposición a los sofistas, Platón declaró que la justicia es condición de la felicidad.

Platón dice por boca de Sócrates que el hombre injusto no puede ser feliz. La noción de justicia es uno de los temas capitales, si no es el principal, de la República, de Platón, que se interesó por la justicia como virtud y como fundamento de la constitución del Estado-ciudad. Es posible, y probable, que en una sociedad justa no todos los ciudadanos sean felices.

Pero la felicidad no debe medirse, según Platón, individualmente, o considerando un determinado grupo o clase de la sociedad. Debe medirse teniendo en cuenta la sociedad entera. En una sociedad justa hay justicia para todos. Si la sociedad justa es una sociedad feliz, entonces todos los miembros de la sociedad serán justos y felices.

Mientras en las concepciones griegas clásicas la justicia constituye el elemento fundamental en la organización de la sociedad, en las concepciones cristianas la justicia es desbordada por la caridad y la misericordia. Para San Agustín, por ejemplo, lo esencial es amar. Después de amar se puede hacer “lo que se quiera”, pues no hay peligro de que tal hacer sea injusto. Tanto Hume como, sobre todo, los utilitarios estimaron, bien que, por distintas razones, que lo justo es lo que está en conformidad con el interés de todos los miembros de la sociedad. La justicia es, pues, equiparable a la utilidad pública.

Parece obvio que en muchas de las teorías modernas sobre la justicia se discute sobre todo la cuestión de lo que es justo para el individuo dentro de una sociedad. La gran mayoría de doctrinas y sistemas sociales y políticos llevan aneja una idea de justicia. De hecho, tales doctrinas y sistemas son presentados a menudo como modelos para explicar por qué ha habido determinadas concepciones de la justicia en el pasado y por qué estas concepciones no son “justas”, y qué concepción “equitativa” (o ‘justa’) de la justicia puede proporcionarse para sustituirlas.

Conservadurismo, liberalismo, socialismo, comunismo, anarquismo y otros movimientos y teorías pueden ser descritos desde el punto de vista de sus correspondientes ideas, e ideales, concernientes a la idea de justicia. Puesto que uno de los aspectos que ha asumido la cuestión de la justicia es el que concierne a lo que se supone se ‘debe’ -o ‘es debido’.- a cada cual, el problema de la justicia se ha relacionado con frecuencia con el de la igualdad humana.

Se han presentado varias clasificaciones de tipos de justicia sobre esta base.

Mencionamos la de Chaïm Perelman, según dicho autor, puede haber seis tipos de afirmación: A cada uno lo mismo, a cada uno según sus méritos, a cada uno según sus obras, a cada uno según sus necesidades, a cada uno según su rango y a cada uno según lo atribuido por la ley. Según el mencionado autor, todas estas concepciones, son incompatibles entre sí, pero hay en ellas algo de común si nos decidimos precisamente a practicar sobre ellas una formalización suficiente.

Entonces nos aparece el concepto de justicia como “un principio de acción según el cual los seres de una misma categoría esencial deben ser tratados del mismo modo”. Y… cree usted que en el México actual ¿hay Justicia? “Fiat iustitia et pereat mundus”. // “Hágase la justicia, aunque para eso se destruya el mundo”.