/ viernes 23 de febrero de 2024

El Estado de Derecho y sus condiciones

“El Estado de Derecho es un modo específico de ejercicio de poder”

Bruno Celano

A grandes rasgos, el Estado de Derecho es un conjunto de condiciones tanto institucionales como formales que el derecho debe reunir para guiar la conducta humana a través de reglas especialmente creadas para ello. Es entonces un procedimiento y un ideal normativo, el cual tiene varios requisitos que deben satisfacerse para hablar del mismo en toda la extensión de la expresión. Se trata de la consistencia, la susceptibilidad de cumplimiento y la publicidad de las leyes, todos los cuales cumplen con una función particular para poder hablar de ese Estado de Derecho bajo un prisma de racionalidad. Según Bruno Celano, en este sentido, el Estado de Derecho es un modo específico de ejercicio de poder.

Que el Estado de Derecho evite inconsistencias es fundamental, ya que requiere de una lógica particular, una metodología específica y una razonabilidad en el conjunto normativo. En este sentido, la presencia de antinomias o lagunas, no cumple con los criterios del Estado de Derecho. La legitimidad de las normas, en este sentido, pasa en buena medida por su consistencia. La coherencia y la consistencia son relevantes, también, porque no es dable reclamar conductas que sean contrarias con otras prescripciones al interior del derecho como un sistema objetivo.

Ahora bien, la susceptibilidad de cumplimiento también es fundamental para el Estado de Derecho, por lo que de hecho la inconsistencia es un caso especial de no cumplimiento. El cumplimiento de las normas permite que ellas sean previsibles y que las y los ciudadanos actúen con la mayor libertad posible, teniendo en consideración las posibles consecuencias para cuando no se respete la legislación, empezando por los temas de la coerción y las ulteriores sanciones.

Poder cumplir con la ley debe ser algo posible y lógico desde todos los ángulos posibles. El Estado de Derecho no debe presuponer el cumplimiento involuntario de las prescripciones y la libertad se entiende como una no interferencia, en el, sentido que le daba por ejemplo el gran filósofo y teórico de la libertad Isaiah Berlin, por lo cual es dable apreciar el enorme cúmulo de implicaciones conceptuales pero también prácticas al hablar del varias veces citado Estado de Derecho.

Publicidad de las leyes es un conocimiento compartido de las mismas que, además, busca la eficacia del sistema y de los agentes mismos. Las y los ciudadanos, como destinatarios de las normas, deben saber qué hacer, qué no hacer o de qué se deben abstener, en aras de poder acatar dichas normas. Lo dicho, en este sentido, se asocia también con la noción de la legitimidad normativa.

Como se decía con anterioridad, guiar la conducta a través de ciertos criterios es un propósito del Estado de Derecho, pero esa acción de guía de la conducta implica la necesidad de que, para que sea eficaz, el derecho sea obedecido. Es ahí donde entra la noción de la publicidad de las leyes, la cual se asocia también con la legitimidad. En efecto, si una norma es publicitada adecuadamente, comunicada a sus destinatarios, cumple entonces con este criterio. Dicho sea de paso, con la publicidad también debe cumplirse con otros requerimientos, tales como la promulgación, la claridad y la adecuada redacción de las normas.

“El Estado de Derecho es un modo específico de ejercicio de poder”

Bruno Celano

A grandes rasgos, el Estado de Derecho es un conjunto de condiciones tanto institucionales como formales que el derecho debe reunir para guiar la conducta humana a través de reglas especialmente creadas para ello. Es entonces un procedimiento y un ideal normativo, el cual tiene varios requisitos que deben satisfacerse para hablar del mismo en toda la extensión de la expresión. Se trata de la consistencia, la susceptibilidad de cumplimiento y la publicidad de las leyes, todos los cuales cumplen con una función particular para poder hablar de ese Estado de Derecho bajo un prisma de racionalidad. Según Bruno Celano, en este sentido, el Estado de Derecho es un modo específico de ejercicio de poder.

Que el Estado de Derecho evite inconsistencias es fundamental, ya que requiere de una lógica particular, una metodología específica y una razonabilidad en el conjunto normativo. En este sentido, la presencia de antinomias o lagunas, no cumple con los criterios del Estado de Derecho. La legitimidad de las normas, en este sentido, pasa en buena medida por su consistencia. La coherencia y la consistencia son relevantes, también, porque no es dable reclamar conductas que sean contrarias con otras prescripciones al interior del derecho como un sistema objetivo.

Ahora bien, la susceptibilidad de cumplimiento también es fundamental para el Estado de Derecho, por lo que de hecho la inconsistencia es un caso especial de no cumplimiento. El cumplimiento de las normas permite que ellas sean previsibles y que las y los ciudadanos actúen con la mayor libertad posible, teniendo en consideración las posibles consecuencias para cuando no se respete la legislación, empezando por los temas de la coerción y las ulteriores sanciones.

Poder cumplir con la ley debe ser algo posible y lógico desde todos los ángulos posibles. El Estado de Derecho no debe presuponer el cumplimiento involuntario de las prescripciones y la libertad se entiende como una no interferencia, en el, sentido que le daba por ejemplo el gran filósofo y teórico de la libertad Isaiah Berlin, por lo cual es dable apreciar el enorme cúmulo de implicaciones conceptuales pero también prácticas al hablar del varias veces citado Estado de Derecho.

Publicidad de las leyes es un conocimiento compartido de las mismas que, además, busca la eficacia del sistema y de los agentes mismos. Las y los ciudadanos, como destinatarios de las normas, deben saber qué hacer, qué no hacer o de qué se deben abstener, en aras de poder acatar dichas normas. Lo dicho, en este sentido, se asocia también con la noción de la legitimidad normativa.

Como se decía con anterioridad, guiar la conducta a través de ciertos criterios es un propósito del Estado de Derecho, pero esa acción de guía de la conducta implica la necesidad de que, para que sea eficaz, el derecho sea obedecido. Es ahí donde entra la noción de la publicidad de las leyes, la cual se asocia también con la legitimidad. En efecto, si una norma es publicitada adecuadamente, comunicada a sus destinatarios, cumple entonces con este criterio. Dicho sea de paso, con la publicidad también debe cumplirse con otros requerimientos, tales como la promulgación, la claridad y la adecuada redacción de las normas.