/ viernes 18 de diciembre de 2020

Bienvenido el Acuerdo de Escazú

“No heredamos la Tierra de nuestros ancestros, la tomamos prestada de nuestros hijos”.- Proverbio nativo americano.

El pasado mes de noviembre fue avalado en el Senado de la República el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales y el Caribe, mejor conocido como Acuerdo de Escazú, precisamente por haber sido concebido en ese lugar de Costa Rica el 4 de marzo de 2018. Fueron aprobadas por igual sus declaraciones interpretativas.

El instrumento que nos ocupa supone una evolución en términos del derecho fundamental a un medio ambiente sano, pues representa un esfuerzo de la comunidad latinoamericana en aras de salvaguardar distintos elementos en materia medioambiental, tales como la información, la justicia, la participación pública, la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, los derechos de las generaciones presentes y futuras, así como el desarrollo sostenible.

Asimismo, es el primer texto a nivel mundial en contener disposiciones concretas sobre defensores de derechos humanos en tópicos ecológicos, por lo que en este sentido es de vanguardia y de avanzada.

La entrada en vigor de este documento, prevista para inicios de 2021 una vez que ha sido ratificado ya por once países -Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Uruguay, Argentina y México; la ratificación mexicana fue la que abrió la llave para la ya inminente vigencia del acuerdo-, no puede ser sino una buena noticia cuando se habla de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana, acceso a la información, gobernanza cooperativa y horizontalidad en la toma de decisiones desde una perspectiva medioambiental.

Así las cosas, nos podremos acercar en la región a una verdadera democracia verde, con todo lo que ello representa.

No por nada la Organización de las Naciones Unidas (ONU) encomió y celebró la ratificación del Acuerdo por parte de nuestro país, ya que “establece disposiciones en materia de generación, divulgación y acceso a la información ambiental, y aborda la generación de un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales”.

El conjunto de los llamados “derechos sociales” ha ido transformándose en las últimas décadas, al punto de hablar de “derechos económicos, sociales y culturales” y más propiamente “derechos económicos, sociales, culturales y ambientales” en la actualidad. No es para nada gratuita la inclusión del tópico medioambiental en esta categoría tan relevante de derechos humanos, amén de que el derecho al medio ambiente en cuanto tal es considerado como un derecho colectivo que acarrea intereses difusos, lo cual puede complicar en alguna medida su exigibilidad legal. El Acuerdo de Escazú, sin embargo, abona a ese diálogo, esa interacción y esa reciprocidad tan necesaria para posibilitar un estado de cosas mejor para todas y todos en esta capital temática.

Por supuesto, queda claro que ningún instrumento jurídico por sí solo podrá darle solución al gran cúmulo de problemas ecológicos existentes en la actualidad. Hay mucho por hacer por parte de la comunidad internacional y de cada Estado nacional individualmente considerado para garantizar el derecho a un medio ambiente sano. Pero como derechos prestacionales que son, los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales requieren de pasos decididos, firmes y solventes en pro de su efectividad.

No cualquier estrategia de política pública es compatible con este tipo de derechos fundamentales; sólo aquellas ideas que lleven a la práctica el objetivo de la participación ciudadana en la toma de decisiones y que reivindiquen el activismo como idea directriz pueden optimizar lo mucho que hay por hacer para la mejora del medio ambiente. El Acuerdo de Escazú va por el sendero correcto, por lo que habrá que prestar suma atención a su desenvolvimiento.

“No heredamos la Tierra de nuestros ancestros, la tomamos prestada de nuestros hijos”.- Proverbio nativo americano.

El pasado mes de noviembre fue avalado en el Senado de la República el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales y el Caribe, mejor conocido como Acuerdo de Escazú, precisamente por haber sido concebido en ese lugar de Costa Rica el 4 de marzo de 2018. Fueron aprobadas por igual sus declaraciones interpretativas.

El instrumento que nos ocupa supone una evolución en términos del derecho fundamental a un medio ambiente sano, pues representa un esfuerzo de la comunidad latinoamericana en aras de salvaguardar distintos elementos en materia medioambiental, tales como la información, la justicia, la participación pública, la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, los derechos de las generaciones presentes y futuras, así como el desarrollo sostenible.

Asimismo, es el primer texto a nivel mundial en contener disposiciones concretas sobre defensores de derechos humanos en tópicos ecológicos, por lo que en este sentido es de vanguardia y de avanzada.

La entrada en vigor de este documento, prevista para inicios de 2021 una vez que ha sido ratificado ya por once países -Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Uruguay, Argentina y México; la ratificación mexicana fue la que abrió la llave para la ya inminente vigencia del acuerdo-, no puede ser sino una buena noticia cuando se habla de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana, acceso a la información, gobernanza cooperativa y horizontalidad en la toma de decisiones desde una perspectiva medioambiental.

Así las cosas, nos podremos acercar en la región a una verdadera democracia verde, con todo lo que ello representa.

No por nada la Organización de las Naciones Unidas (ONU) encomió y celebró la ratificación del Acuerdo por parte de nuestro país, ya que “establece disposiciones en materia de generación, divulgación y acceso a la información ambiental, y aborda la generación de un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales”.

El conjunto de los llamados “derechos sociales” ha ido transformándose en las últimas décadas, al punto de hablar de “derechos económicos, sociales y culturales” y más propiamente “derechos económicos, sociales, culturales y ambientales” en la actualidad. No es para nada gratuita la inclusión del tópico medioambiental en esta categoría tan relevante de derechos humanos, amén de que el derecho al medio ambiente en cuanto tal es considerado como un derecho colectivo que acarrea intereses difusos, lo cual puede complicar en alguna medida su exigibilidad legal. El Acuerdo de Escazú, sin embargo, abona a ese diálogo, esa interacción y esa reciprocidad tan necesaria para posibilitar un estado de cosas mejor para todas y todos en esta capital temática.

Por supuesto, queda claro que ningún instrumento jurídico por sí solo podrá darle solución al gran cúmulo de problemas ecológicos existentes en la actualidad. Hay mucho por hacer por parte de la comunidad internacional y de cada Estado nacional individualmente considerado para garantizar el derecho a un medio ambiente sano. Pero como derechos prestacionales que son, los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales requieren de pasos decididos, firmes y solventes en pro de su efectividad.

No cualquier estrategia de política pública es compatible con este tipo de derechos fundamentales; sólo aquellas ideas que lleven a la práctica el objetivo de la participación ciudadana en la toma de decisiones y que reivindiquen el activismo como idea directriz pueden optimizar lo mucho que hay por hacer para la mejora del medio ambiente. El Acuerdo de Escazú va por el sendero correcto, por lo que habrá que prestar suma atención a su desenvolvimiento.