/ viernes 1 de julio de 2022

Roe v. Wade: Para la historia

En una muy lamentable decisión acaecida en días pasados, al parecer la ultra conservadora Corte Suprema de los Estados Unidos anuló uno de los “leading cases” más emblemáticos, progresistas, icónicos y paradigmáticos del constitucionalismo no sólo norteamericano sino mundial:

El fallo Roe v. Wade de 1973, en el cual se puede encontrar la arqueología y uno de los vestigios más vivos del derecho a la interrupción del embarazo y a la disposición del propio cuerpo.

De una manera sumamente controvertida, la mayoría del máximo tribunal de nuestro vecino país del norte determinó que el aborto como tal ya no está protegido desde el plano federal sino que cada estado será el que se decante sobre su inclusión o no entre las prohibiciones y las permisiones. Hasta antes de ello, los estados se encontraban imposibilitados para prohibir el procedimiento mientras el feto no fuera viable fuera del útero. La situación ha cambiado radicalmente.

Pierden, en definitiva, miles de mujeres que ven en el aborto una libertad y una posibilidad ante un embarazo no deseado. Asimismo, la capacidad de influencia que pueda tener una institución como la Corte Suprema estadounidense pudiera motivar a tribunales constitucionales de otras latitudes a tomar cartas en el asunto de una manera similar, lo cual sería absolutamente atroz.

Otro tema a tener en cuenta es uno de los dilemas clásicos del Estado constitucional de reciente cuño: quien tiene la última palabra, los tribunales constitucionales o el concepto abstracto de “pueblo” representado en el parlamento.

Derivado de la anulación de Roe v. Wade, esta última opción es la que ha ganado terreno, pero se trata desde luego de un tópico siempre abierto cuando se discuten los diferentes ángulos de la Constitución hoy en día.

A pesar de lo hasta aquí narrado, el título del presente artículo no está redactado de forma pesimista o condenatoria sino, más bien, en clave dialéctica, que es a final de cuentas como debe entenderse la historicidad: un proceso de procesos que involucra una tesis, una antítesis y una síntesis que se disponen cíclicamente uno tras el otro.

Con lo anterior queremos decir que Roe v. Wade seguirá siendo un ejemplo y modelo de sentencia ejemplar, no sólo bien construida desde un aspecto técnico sino con una carga tan fuerte de responsabilidad social en tiempos tan convulsos y álgidos como la década de los años setenta. Con la anulación de este fallo no finaliza la lucha por los derechos sexuales y reproductivos ni mucho menos; antes bien, se trata de una oportunidad para seguir ganando batallas argumentativas en pos del conjunto de las libertades públicas y prerrogativas esenciales.

Aún y cuando la mayoría de la Corte Suprema estadounidense haya dado un paso atrás en la protección de los derechos de las mujeres, ahora el pugilato se trasladará a cada estado -sin dejar de tener en cuenta que en un futuro este órgano jurisdiccional puede regresar al progresismo-.

Si bien es cierto que en ello podría imperar una visión “ideologizante” de los derechos y la cercanía o lejanía que se tenga con respecto al centro en el espectro político, la razón es la que debe imperar.

Vienen tiempos nublados para el aborto, pues ya varios estados de la Unión Americana han manifestado o dado indicios de que lo habrán de prohibir.

Un estado más liberal como California o uno más conservador como Florida sin duda que tendrán sus propios derroteros en los cruces que se vislumbran.

Pero como ha acontecido a lo largo de la historia, la Constitución tendrá la última palabra, y esa no es otra más que la siguiente: Libertad.

En una muy lamentable decisión acaecida en días pasados, al parecer la ultra conservadora Corte Suprema de los Estados Unidos anuló uno de los “leading cases” más emblemáticos, progresistas, icónicos y paradigmáticos del constitucionalismo no sólo norteamericano sino mundial:

El fallo Roe v. Wade de 1973, en el cual se puede encontrar la arqueología y uno de los vestigios más vivos del derecho a la interrupción del embarazo y a la disposición del propio cuerpo.

De una manera sumamente controvertida, la mayoría del máximo tribunal de nuestro vecino país del norte determinó que el aborto como tal ya no está protegido desde el plano federal sino que cada estado será el que se decante sobre su inclusión o no entre las prohibiciones y las permisiones. Hasta antes de ello, los estados se encontraban imposibilitados para prohibir el procedimiento mientras el feto no fuera viable fuera del útero. La situación ha cambiado radicalmente.

Pierden, en definitiva, miles de mujeres que ven en el aborto una libertad y una posibilidad ante un embarazo no deseado. Asimismo, la capacidad de influencia que pueda tener una institución como la Corte Suprema estadounidense pudiera motivar a tribunales constitucionales de otras latitudes a tomar cartas en el asunto de una manera similar, lo cual sería absolutamente atroz.

Otro tema a tener en cuenta es uno de los dilemas clásicos del Estado constitucional de reciente cuño: quien tiene la última palabra, los tribunales constitucionales o el concepto abstracto de “pueblo” representado en el parlamento.

Derivado de la anulación de Roe v. Wade, esta última opción es la que ha ganado terreno, pero se trata desde luego de un tópico siempre abierto cuando se discuten los diferentes ángulos de la Constitución hoy en día.

A pesar de lo hasta aquí narrado, el título del presente artículo no está redactado de forma pesimista o condenatoria sino, más bien, en clave dialéctica, que es a final de cuentas como debe entenderse la historicidad: un proceso de procesos que involucra una tesis, una antítesis y una síntesis que se disponen cíclicamente uno tras el otro.

Con lo anterior queremos decir que Roe v. Wade seguirá siendo un ejemplo y modelo de sentencia ejemplar, no sólo bien construida desde un aspecto técnico sino con una carga tan fuerte de responsabilidad social en tiempos tan convulsos y álgidos como la década de los años setenta. Con la anulación de este fallo no finaliza la lucha por los derechos sexuales y reproductivos ni mucho menos; antes bien, se trata de una oportunidad para seguir ganando batallas argumentativas en pos del conjunto de las libertades públicas y prerrogativas esenciales.

Aún y cuando la mayoría de la Corte Suprema estadounidense haya dado un paso atrás en la protección de los derechos de las mujeres, ahora el pugilato se trasladará a cada estado -sin dejar de tener en cuenta que en un futuro este órgano jurisdiccional puede regresar al progresismo-.

Si bien es cierto que en ello podría imperar una visión “ideologizante” de los derechos y la cercanía o lejanía que se tenga con respecto al centro en el espectro político, la razón es la que debe imperar.

Vienen tiempos nublados para el aborto, pues ya varios estados de la Unión Americana han manifestado o dado indicios de que lo habrán de prohibir.

Un estado más liberal como California o uno más conservador como Florida sin duda que tendrán sus propios derroteros en los cruces que se vislumbran.

Pero como ha acontecido a lo largo de la historia, la Constitución tendrá la última palabra, y esa no es otra más que la siguiente: Libertad.